Estimados (as), como saben, una de las categorías de Experto Profesional son los Ingenieros con un post-título en prevención, tal como dice el Art. 9° del Decreto 40, tienen que tener un programa de estudios no inferior a 1.000 horas de duración, es decir estudian casi un año y tienen la misma categoría que un ingeniero en prevención de riesgos.
No sé si saben, pero hasta el año 1995 existían dos categorías; Experto Profesional y Experto Práctico. El profesional era el que menciono más arriba, es decir un ingeniero con post-título. El práctico, era el que tenía experiencia en prevención y daba una examen en el servicio de salud y quedaba habilitado para ejercer. Cuando surgió la carrera de Técnico en Prevención, en el año 1993 más o menos, los técnicos no estaban considerados en la normativa y con mucho esfuerzo logramos que ésta se modificara en el año 1995 (egresé de técnico en el año 1994). Con la modificación, Decreto Supremo N° 95, dejaron de existir los Expertos Prácticos y quedó el decreto 40 tal como está hoy.
[B]Creo que es tiempo que se modifique de nuevo y deje de existir la categoría de profesional con post-título, ya que existen suficientes profesionales para cubrir la demanda actual. [/B]
Ya lo logramos una vez, lo podemos hacer de nuevo, contactando a las personas correctas y con el apoyo de todos quienes estén de acuerdo.