Accidente en estado de ebriedad. Lo cubre la Ley?

[quote=“cirujanodeperros, post: 493408”]Obvio que es accidente ya que es culpa de los administradores que dejaron trabajar a la persona en ese estado.[/QUOTE]

nadie ha dicho que no es accidente, estan pregutando si lo cubre la ley o no… eso!..
Quizas el trabajador se puso a tomar adentro del trabajo… quien sabe…

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yo creo q debe ser inegligencia inesclusable, ya que el trabajador iso una mala desicion al ver tomado, por q cualquer situacion puede producir una muerte o lesion provocada por la iregularidad del trabajador

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Y que entiendes tú por NEGLIGENCIA INEXCUSABLE?

Respuesta: Accidente en estado de ebriedad. Lo cubre la Ley?

La ley 16744 dice que no, que se eximen de estos accidentes la intencionalidad y los provocados bajo el efecto del alcohol o las drogas.
Aunque la empresa no queda exenta de la responsabilidad penal o civil pues a ese trabajador no debió permitírsele trabajar en esas condiciones y responsabiliza a la empresa por la seguridad del trabajador mientras esta cumpliendo con su trabajo y esta descrito en el articulo 183-e del código del trabajo

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[quote=“ca3mvi, post: 493451”]La ley 16744 dice que no, que se eximen de estos accidentes la intencionalidad y los provocados bajo el efecto del alcohol o las drogas.
Aunque la empresa no queda exenta de la responsabilidad penal o civil pues a ese trabajador no debió permitírsele trabajar en esas condiciones y responsabiliza a la empresa por la seguridad del trabajador mientras esta cumpliendo con su trabajo y esta descrito en el articulo 183-e del código del trabajo[/QUOTE]

en la 16744 en q parte se menciona la palabra alcohol?

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En resumen todo este problema no habria ocurrido si el administrador de contratos se hubiese puesto los pantalones y habria despedido al empleado, ya que asistir al trabajo en estado de ebriedad es causa directa de despido.

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Tienes toda la razón, pero creo que no se soluciona el problema sino que lo hacemos a un lado y el problema persiste, al menos en chile existen programas gratuitos en las mutuales y en el INP para la descontaminación y tratamiento de alcoholismo y drogadicción y creo que como profesional es una buena medida a tomar, y recuerda siempre que eres un profesional y no un burócrata ganapan.