El silencio se puede aceptar excepcionalmente como un amanifestacion de voluntad en tres situaciones:
Cuando la ley expresamente la señala a un caso determinado
Cuando opera por acuerdo de las partes (mas bien se podria traducir en una situacion en que las partes tienen una relacion habitual de negocios, en donde el silencion de una de las partes puede ser tomado como una aceptacion)
Cuando se constituye el “silencio circunstanciado” (creacion de la doctrina)
Cuando la oferta va en directo beneficio de una de las partes.
Como que gran parte de las opiniones anteriores se fueron por las ramas con lo del silencio como manifestacion de voluntad. Hay un aforismo que se me quedo pegado y tambien es relacionado con fucking silencio “el que calla no afirma ni niega”