bueno nose si tuvieron la oportunidad de leer esta carta…se las cito en todo caso…
leanla es importante!
salu2s!
Señora Presidenta:
El Colegio de Enfermeras de Chile, quiere expresar a usted su molestia por la conducción, a nuestro juicio errónea, que usted está llevando a cabo, en relación con el escenario sanitario actual, específicamente en lo que dice relación con la profesión de enfermera.
Nuestra organización la ha invitado, Presidenta, en reiteradas ocasiones, para analizar los temas profesionales que nos convocan y que requieren de mutuo análisis y del legítimo debate de ideas; sin embargo, su respuesta ha sido negativa en todas las oportunidades y por tanto ha obstaculizado la oportunidad de esclarecer a sus propias asociadas, el real alcance de la Norma General Técnica Nº 19, promulgada el 14 de diciembre del 2007.
En efecto, la citada normativa se refiere, en su espíritu y en su contenido al ejercicio profesional de la enfermera/o. Allí se establece que [B]LA GESTIÓN DEL CUIDADO SE ENTIENDE COMO EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERA, [/B]ejercicio que está sustentado en su disciplina – la ciencia del cuidar – y que se define como la aplicación de un juicio profesional en la planificación, organización, motivación y control de la provisión de cuidados de enfermería.
Si usted lee con atención, en parte alguna , esta norma en comento hace referencia o alusión al ejercicio profesional de la matrona o a algún aspecto que diga relación con una suerte de subordinación de la matronería a la enfermería, como ha sido tendenciosamente expresado por usted en distintos foros y lo que es más grave, lo ha hecho creer a sus propias asociadas, generando entre ellas temor e inseguridad sobre su propio quehacer.
Sin detenerse en este afán, sobre cuyo propósito no nos pronunciamos, hemos tomado conocimiento del curso taller “Matronería: calidad y gestión del cuidado”, organizado por el Colegio de Matronas, sede Temuco. Los contenidos de dicho curso revelan la ausencia de rigurosidad en la utilización de conceptos jurídicos, mezclando lo referente a enfermería como un símil de la matronería, omitiendo con ello lo señalado como propio, en el artículo 117 del Código Sanitario, que define desde hace muchos años, el ámbito de la matronería.
Incurrir en semejante imprecisión, atenta contra su propia profesión, ya que la desperfila, la desvirtúa y en definitiva la coloca en riesgo de desaparecer.
En Chile, la enfermería y la matronería han sido históricamente dos profesiones distintas en su origen, en su formación y en su ejercicio. Ese hecho no debe ser olvidado por quienes conducimos las organizaciones colegiales de las respectivas profesiones, ya que nos permite tener claro el norte de cada una de ellas.
El Colegio de Enfermeras, mantiene vigente la invitación formulada al Directorio Nacional del Colegio de Matronas, a fin de sentarnos a dialogar y esclarecer conceptos y aprehensiones infundadas, que distorsionan, confunden e impiden un trabajo conjunto en pos del mejoramiento continuo de la calidad de atención de salud a la población.
Mantenemos nuestra voluntad de diálogo y esperamos reciprocidad por el bien de nuestras asociadas.