Cómo convertirme en dueña de una casa no habitada?

Hace 7 años falleció mi madre quién dejó una casa a uno de mis hermanos pero solo de palabra, los hermanos lo aceptamos y esperamos a que él hiciera ocupación de la casa, pero hasta el día de hoy no ocurre y la casa está en notable deterioro desde que mi madre falleció, hasta ahora nadie a podido entrar para ver como se encuentra porque las llaves las guarda mi hermano quien está viviendo en su propia casa y se niega a arreglar la otra. Con el resto de los hermanos nos sentimos muy decepcionados de que lo que tanto esfuerzo le costó a nuestros padres se esté desperdiciando de esa forma, por lo que queremos saber qué se puede hacer para dividir esa propiedad entre todos o que al menos figure a nombre de alguno de nosotros. La propiedad no está a nombre de ninguno de nosotros en específico, hasta ahora no hemos realizado ningún trámite para saber el estado de la propiedad.
Me podrían orientar para saber cuales son los pasos a seguir para poder hacernos propietarios de la casa?

Deben realizar primero que todo el trámite de Posesión Efectiva de la herencia, puedes acudir a la Corporación de Asistencia Judicial para obtener orientación más específica

https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/319-tramitacion-gratuita-de-posesion-efectiva

Mientras no haya ningún documento que su madre le haya firmado a su hermano otorgándole la propiedad, al morir TODOS los hijos heredan los bienes de su madre.
Si se hizo un acuerdo de palabra entre la familia es decisión VOLUNTARIA aceptar este acuerdo o no. Una cosa es lo que la Ley estipula con respecto a las herencias y otra cosa es que voluntariamente acepte algo que no coincida con lo que la ley dice. Además en este caso y en mi opinión personal, si su madre le dejo la casa a su hermano imagino que fue con el objetivo de darle algún uso. Si como usted indica durante años se ha dejado en abandono, el que esta incumpliendo la voluntad de su madre es su hermano. Además como familia se exponen a que terceros “se tomen” la propiedad y creame que recuperar su casa en estas situaciones puede ser un calvario.
Lo que se debe hacer es tramitar la posesión efectiva en el Registro Civil. Puede realizarla cualquiera de los herederos y NO necesita autorización de los demás herederos para hacer el tramite.
Una vez aprobada la posesión efectiva, ésta debe inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Una vez inscrita en el CBR pueden los herederos disponer del bien como estimen necesario (arrendar, vender u ocupar).
Finalmente, si usted desea vivir en la propiedad puede hacerlo, ya que usted es heredera tanto como su hermano. Cualquiera de los hermanos puede ocupar la propiedad, lo ideal siempre es llegar a mutuo acuerdo, en caso contrario cualquiera de los herederos que se sienta perjudicado puede iniciar alguna acción legal si correspondiera.
Saludos