Consulta

Hola paso por aqui para hacer una consulta con respecto a un divorcio.
Pasa que esta persona esta tramitando el divorcio, se casaron con separaciones de bienes y no tienen hijos. Se esta haciendo el tramite del divorcio y todo pero cuando estuvieron casados el esposo compro una casa que esta a nombre de el y por un acuerdo que tuvieron de palabra la esposa esta viviendo ahi por un tiempo.
La pregunta es , ella le puede quitar la casa a esta persona aunque este a nombre de el? lo puede demandar por una pension?

Ojala me respondan

saludos.

Respuesta: consulta…

[quote=“patriciamartinez, post: 532950”]Hola paso por aqui para hacer una consulta con respecto a un divorcio.
Pasa que esta persona esta tramitando el divorcio, se casaron con separaciones de bienes y no tienen hijos. Se esta haciendo el tramite del divorcio y todo pero cuando estuvieron casados el esposo compro una casa que esta a nombre de el y por un acuerdo que tuvieron de palabra la esposa esta viviendo ahi por un tiempo.
La pregunta es , ella le puede quitar la casa a esta persona aunque este a nombre de el? lo puede demandar por una pension?

Ojala me respondan

saludos.[/QUOTE]

Hola!

A ver… el régimen que tengan los conyuges es el que prima, sin perjuicio de los demás derechos que se deben discutir en el juicio de divorcio propiamente tal.

Paso a explicar. Previamente hay que aclarar conceptos.

1.- La pensión de alimentos es independiente del régimen matrimonial.
2.- La liquidación de la sociedad conyugal es lo que permite, a la mujer en este caso, a “quedarse” con la casa, el auto o lo que sea proporcional, pero este no es el caso, dado que no hay sociedad conyugal. Por ende, no, en principio.
3.- Siempre existe la figura de compensación económica, muy utilizada, abusada incluso hoy en día. Básicamente consiste en la compensación que le corresponde a la mujer que se dedicó al cuidado del hogar común, (independiente de que no haya hijos), dejando de lado su desarrollo laboral por ejemplo, queriendo y pudiendo ella desarrollarlo, en otras palabras, es el perjuicio que se compensa a cambio de que ella le facilite la vida laboral a él, por cuanto él se descuida del cuidado del hogar común, (es interesante que el legislador aún crea eso, pero en fin).

Por lo tanto, ella, por la vía de la compensación económica, y con el acuerdo mutuo de las partes, podría quedarse con la casa, parte de ella, o lo que corresponda, en atención a criterios de proporcionalidad en valores y estimaciones cuantitativas del perjuicio sufrido por ella.

Sinceramente soy super contrario a esa figura, pues la mujer es independiente y muchas veces utiliza la compensación como herramienta para negociar otro tipo de cosas…

Si la respuesta es somera, es porque la escribí apurado, pero si basta, de nada.

Saludos.

Respuesta: consulta…

Hola.
Bueno primero que nada gracias por la respuesta, pero tengo otra consulta. Que pasa si ella ha trabajado siempre? y esta estudiando? en ese caso igual podria haber una compensacion o indemnizacion a su favor?
Con respecto a la casa por la respuesta que tu me diste no es obligacion a que ella se la quede si hay muebles da igual eso se los puede quedar, igual quiero saber con respecto a la casa por que lo que respecta al divorcio ese tramite si o si sale o no? que es lo que podria fallar para que no se divorciaran??
Igual me gustaria saber.

Ojala me puedas responder.
Y muchas gracias.

Respuesta: consulta…

[quote=“patriciamartinez, post: 532961”]Hola.
Bueno primero que nada gracias por la respuesta, pero tengo otra consulta. Que pasa si ella ha trabajado siempre? y esta estudiando? en ese caso igual podria haber una compensacion o indemnizacion a su favor?
Con respecto a la casa por la respuesta que tu me diste no es obligacion a que ella se la quede si hay muebles da igual eso se los puede quedar, igual quiero saber con respecto a la casa por que lo que respecta al divorcio ese tramite si o si sale o no? que es lo que podria fallar para que no se divorciaran??
Igual me gustaria saber.

Ojala me puedas responder.
Y muchas gracias.[/QUOTE]

Si ella ha trabajado siempre, se equipara a las condiciones de él en el fondo, pues no existiría perjuicio, pues pudiendo y queriendo, realizó una actividad remunerada. Si está estudiando es otra cosa, pues podría haber retardado su desarrollo profesional/técnico debido a dedicar tiempo al cuidado del hogar común.

A ver, los requisitos del divorcio, en cualquiera de las formas de llegar a él son claros, presumo que se trata de un divorcio unilateral, de ser así, debe existir un cese de la convivencia de al menos 3 años y no haber reanudado su vida en común, si mi presunción no es correcta avisame y podemos profundizar en el caso particular.

Sí, si los requisitos se cumplen, el divorcio se decretará, se oficiará al SRCeI para efectos de realizar las suscripciones respectivas y hacer oponible la resolución a terceros.

Los divorcios se caen por varios factores:

  • No comparecencia de las partes
  • No lograr probar el cese efectivo de la convivencia
  • Si se utiliza la prueba de testigos, que no sean convincentes o concordantes sus versiones.
  • Los testigos valen para matrimonios celebrados antes del 2005

Esa es la regla general

Saludos.