Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

Hola Sres. Universitarios, ojala me puedan ayudar con muchas dudas que tengo, respecto al nuevo contrato y remuneraciones que firmare en estos días en la Empresa donde trabajo :?:

Les cuento, resulta que el dueño de la Empresa donde trabajo, tiene 2 Sociedades de Responsabilidad Limitada, y yo trabajo en una de ellas :Sociedad … y Cía Ltda., pero resulta que a partir del 01 de Octubre del presente me cambiaron a la otra: Inmobiliaria … y Cía Ltda. Además, ahora tengo que firmar un nuevo contrato por cambio del cargo que realizo, sería el 3º desde que entre a la Empresa.

Hasta la fecha he firmado 2 Contratos, más modificaciones por concepto de aumentos de sueldo.

  • El 1º cuando ingrese en Diciembre de 2003.
  • El 2º ahora el 01 de Octubre de 2008, por motivos de cambio en el cargo a desarrollar.
  • El de ahora sería el 3º, por motivos de cambio en el cargo a desarrollar y modificación en el sueldo base.

[B]CONSULTAS:[/B]

[B]1º[/B] Llevo trabajando 5 años de corrido (fecha ingreso: Diciembre 2003), pierdo esos años de servicio por el cambio de una Empresa a otra, a pesar que el Contador de la Empresa le coloco una última clausula al 2º contrato, donde dice: [I]“9. Se reconoce el tiempo servido a la Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”[/I], las pierdo o no ?

[B]2º[/B] Lo que me llama la atención, es que al final de los contratos 2º y 3º dice éstas dos clausulas respectivamente: [U]
Segundo Contrato[/U]: [I]“8. Se deja constancia que don … ingresó al Servicio el 01 de Octubre de 2008.” y “9. Se reconoce el tiempo servido a la Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”
[/I][U]Tercer Contrato[/U]: [I]“8. Se deja constancia que don … ingresó al Servicio el 01 de Noviembre de 2008.” y “9. Se reconoce el tiempo servido a al Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”[/I] Estan bien estas clausulas ?

[B]3º [/B]El sueldo líquido bajará de $294.000.- a $250.000.- No me tienen que finiquitar para cambiarme el valor del sueldo ?

[B]4º[/B] Estuve mirando la nueva liquidación de sueldo de Noviembre y el Contador a bajado el sueldo base de $298.000.- a $170.000.- y ha colocado más “No Imponibles” y menos “Imponibles”, con lo cual el monto que me descuentan por concepto de A.F.P, bajará de $44.000- a $31.000.-, lo cual me perjudica directamente, pues no esta bajando de manera proporcional en relación al líquido a pagar, debido al tema de los no imponibles. Puede el Contador “cocinar” la liquidación a su antojo, que otras desventajas me traerá la baja del sueldo base ?[COLOR=Black]

[/COLOR] [COLOR=Black]Disculpen lo extenso de la consulta, cualquier ayuda me será útil. Espero que alguna de ellas sirva de guía para otros compañeros del Foro.

Gracias y Saludos desde Coquimbo, Chile [/COLOR] :pirata:

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

[quote=“Raracenam, post: 507050”]Hola Sres. Universitarios, ojala me puedan ayudar con muchas dudas que tengo, respecto al nuevo contrato y remuneraciones que firmare en estos días en la Empresa donde trabajo :?:

Les cuento, resulta que el dueño de la Empresa donde trabajo, tiene 2 Sociedades de Responsabilidad Limitada, y yo trabajo en una de ellas :Sociedad … y Cía Ltda., pero resulta que a partir del 01 de Octubre del presente me cambiaron a la otra: Inmobiliaria … y Cía Ltda. Además, ahora tengo que firmar un nuevo contrato por cambio del cargo que realizo, sería el 3º desde que entre a la Empresa.

Hasta la fecha he firmado 2 Contratos, más modificaciones por concepto de aumentos de sueldo.

  • El 1º cuando ingrese en Diciembre de 2003.
  • El 2º ahora el 01 de Octubre de 2008, por motivos de cambio en el cargo a desarrollar.
  • El de ahora sería el 3º, por motivos de cambio en el cargo a desarrollar y modificación en el sueldo base.

[B]CONSULTAS:[/B]

[B]1º[/B] Llevo trabajando 5 años de corrido (fecha ingreso: Diciembre 2003), pierdo esos años de servicio por el cambio de una Empresa a otra, a pesar que el Contador de la Empresa le coloco una última clausula al 2º contrato, donde dice: [I]“9. Se reconoce el tiempo servido a la Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”[/I], las pierdo o no ?

[B]2º[/B] Lo que me llama la atención, es que al final de los contratos 2º y 3º dice éstas dos clausulas respectivamente: [U]
Segundo Contrato[/U]: [I]“8. Se deja constancia que don … ingresó al Servicio el 01 de Octubre de 2008.” y “9. Se reconoce el tiempo servido a la Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”
[/I][U]Tercer Contrato[/U]: [I]“8. Se deja constancia que don … ingresó al Servicio el 01 de Noviembre de 2008.” y “9. Se reconoce el tiempo servido a al Empresa desde Diciembre de 2003 al 30 de Septimbre de 2008.”[/I] Estan bien estas clausulas ?

[B]3º [/B]El sueldo líquido bajará de $294.000.- a $250.000.- No me tienen que finiquitar para cambiarme el valor del sueldo ?

[B]4º[/B] Estuve mirando la nueva liquidación de sueldo de Noviembre y el Contador a bajado el sueldo base de $298.000.- a $170.000.- y ha colocado más “No Imponibles” y menos “Imponibles”, con lo cual el monto que me descuentan por concepto de A.F.P, bajará de $44.000- a $31.000.-, lo cual me perjudica directamente, pues no esta bajando de manera proporcional en relación al líquido a pagar, debido al tema de los no imponibles. Puede el Contador “cocinar” la liquidación a su antojo, que otras desventajas me traerá la baja del sueldo base ?[COLOR=Black]

[/COLOR] [COLOR=Black]Disculpen lo extenso de la consulta, cualquier ayuda me será útil. Espero que alguna de ellas sirva de guía para otros compañeros del Foro.

Gracias y Saludos desde Coquimbo, Chile [/COLOR] :pirata:[/QUOTE]

¿Tu contrato es de trabajo o a [I]honorarios[/I]?

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

Hola, gracias por responder :smiley:

Es de Trabajo.

Cualquier dato que necesiten me avisan.

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

Por favor que alguien me responda, gracias.

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

Hola que tal, mira trataré de ayudarte en lo posible, por que aveces es necesario ver la documentación para dar una ayuda.

La primera consulta… para pasar de una empresa a otra y hacer cualquier modificación a tu sueldo, se hará solamente si tu firmas los anexos y cambios correspondientes, sino la empresa no puede hacer nada, sólo despedirte y pagar los años de servicios, vacaciones proporcionales y toda prestación que haya quedado pendiente.
Si firmas el cambio de empresa, adjuntada la cláusula NO PIERDES los AÑOS DE SERVICIOS, sigue corriendo tu antiguedad.

Con respecto al sueldo, como te mencioné anteriormente no puede ser modificado, salvo que tu firmes el anexo y con eso demuestras que estas de acuerdo, sino firmas, no pueden bajar tu remuneración.

Con respecto a los bases, estos NO PUEDEN SER MODIFICADOS, por ejemplo si según contrato tu base es de 200.000.- líquidos, este permanece en el tiempo hasta que haya un aumento de sueldo o cambios de sueldo mínimo.

Cualquier bono fijo que se entregue por un período sobre tres meses, queda como bono indefinido, aunque este no esté en el contrato.
El contador no puede manejar la liquidación a su antojo debe pagar lo que está en contrato, a excepción de las hrs extras que esas pueden variar mes a mes, o bonos de producción, responsabilidad o asistencia que también pueden ser variables según lo acordado en contrato.

En todo caso, quedate tranquilo ya que si te despiden, por los períodos de imposiciones pendientes, te puedes acoger a la ley bustos-seguel o 19.631.- en la cual no puede haber despido si hay cotizaciones previsionales pendientes, por lo tanto tal despido queda nulo, siempre cuando la deuda previsional sea superior a 2 utm (ley 20.194).
Como consejo ve a la inspección muestra la documentación y ve que asesoría te pueden dar, pero no permitas que atropellen tus derechos como trabajador, basta de abusos laborales.

suerte, saludos desde Antofagasta

Sobre Horas Extraordinarias

Gracias Sr. “elicitaqa”. Por suerte, ya solucioné de manera positiva éstos problemas. :smiley:

[B][U]OTRA CONSULTA[/U][/B]:

En el caso de las horas extraordinarias cuando uno trabaja los feriados normales y los feriados irrenunciables (4 en el año):

  1. Como se calcularían 7.5 horas, para cada caso feriados normales y feriados irrenunciables, considerando la liquidación de sueldo de la imagen, que corresponde a Octubre del presente. Existe solo una forma o hay más. El empleador puede elegir cualquiera o esta obligado a una forma ?

  2. Cuando el sueldo mínimo ($159.000) sube, es obligación que el empleador lo suba, aunque el sueldo base sea superior a éste valor, como en el caso de la imagen ?

Miren esta imagen:

ImageShack - Hosting :: liquidacinoctubre2008nm1.png

Saludos y gracias :afro:

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

no hay imagen

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

“2) Cuando el sueldo mínimo ($159.000) sube, es obligación que el empleador lo suba, aunque el sueldo base sea superior a éste valor, como en el caso de la imagen ?”

Es media rara tu pregunta, o sea, si el sueldo base de un trabajador era de 150.000.- y el sueldo base sube a 159.000.- el empleador deberá subirlo a 159.000.- automáticamente.

Y en el caso de que el trabajador gane un sueldo base de 165.000.- y el mínimo subió de 144.000.- a 159.000.- es ilógico que baje a 159.000.- seguirá siendo el mismo sueldo de 165.000.-

Se podría ver beneficiado por el aumento de la gratificación legal (la que se paga por el 25% del sueldo, con el tope de 4.75 ingresos mínimos-ahí entraría el suedo mínimo y subiría el tope).

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

“1) Como se calcularían 7.5 horas, para cada caso feriados normales y feriados irrenunciables, considerando la liquidación de sueldo de la imagen, que corresponde a Octubre del presente. Existe solo una forma o hay más. El empleador puede elegir cualquiera o esta obligado a una forma ?”

Las horas extraordinarias (jornada extraordinaria es aquella que excede de la jornada ordinaria máxima legal (45 horas semanales) o de la pactada si es menor.)se pagan con el 50% de recargo.

Y los feriados la misma palabra lo dice, es IRRENUNCIABLE, ahora es el acuerdo que puede llegar el empleador con el trabajador, también habría que ver qué tipo de jornada se tiene, y el horario.

Respuesta: Consultas sobre Contrato Trabajo y Liquidación Sueldo

me pueden bajar el sueldo?
son imponibles las horas extras?
gracias a quien me saque esa duda