Corte Suprema rechaza aplicar amnistia

La sala penal de la Corte Suprema determinó, por unanimidad, rechazar los recursos de casación que presentaron los ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) –entre ellos el general Manuel Contreras– por el secuestro calificado de un militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), con lo que descartó la aplicación del decreto ley de Amnistía de 1978. Más información en instantes, según informó Radio Cooperativa.

La sala penal del máximo tribunal confirmó las condenas contra la cúpula de la DINA por el secuestro permanente del militante del MIR Miguel Angel Sandoval.

La sala penal de la Corte Suprema determinó, por unanimidad, rechazar los recursos de casación que presentaron los ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) –entre ellos el general Manuel Contreras– por el secuestro calificado de un militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), con lo que descartó la aplicación del decreto ley de Amnistía de 1978. Más información en instantes.

Secuestro permanente

La Corte ratifica así que el delito de secuestro es permanente y que por lo tanto no se puede aplicar la amnistía ni la prescripción de la acción penal.

La resolución fue recibida con alegría por miembros de la Agrupación de Derechos Humanos que se encontraban en el Palacio de Tribunales a la espera del fallo.

En cambio, Juan Carlos Manns, defensor de general ® Manuel Contreras, ex jefe de la Dina, se manifestó “perplejo” con la resolución.

“Se mantiene una teoría de un hecho punible que si nos ponemos en la hipótesis de que esto quede ejecutoriado en los próximos días, la gente tenga que ir a cumplir su condena a Punta Peuco y esa interpretación va a dar lugar a que el secuestro se siga cometiendo incluso cuando estén detenidos en Punta Peuco, lo que resulta paradojal”, manifestó.

Fuente:segunda.com

Los abogados pueden leer el fallo completo en http://www.lasegunda.com/_portada/amnistia/index.asp

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