Respuesta: duda sobre apellido de MEO
segun cambio de nombres si se puede, mira:
[quote]1.- ¿Que requisitos o causales establece la ley para el cambio de nombre o apellido?
La ley establece 4 órdenes de causales para el cambio de nombres o apellidos:
a)Cuando los nombres o apellidos sean ridículos, risibles o menoscaben moral o materialmente al solicitante;
b) Cuando los nombres o apellidos, o ambos, no sean de origen español, (la ley autoriza traducirlos o cambiarlos).
c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales.
d) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios.
2.- ¿Cómo pruebo que he usado el nombre o apellido por más de 5 años?
Se prueba con testigos y documentos (si es que hay). Como, usualmente, no hay pruebas documentales, suelen utilizarse sólo testigos que dan fe del uso del nombre y/o apellido por más de 5 años.
En estos juicios no pueden ser testigos familiares directos, sino que tienen que ser amigos, vecinos etc.
8.- ¿Puedo ponerle el apellido de mi marido a mi hijo/a?
Si su hijo(a) ha sido conocido (a) con el apellido de su marido por más de 5 años, no hay ningún inconveniente. Es más, una de las razones más comunes por las cuales se tramita un cambio de apellido es justamente esta, y es un motivo plausible por razones sociales.
Tiene que tener testigos que puedan dar fe de que su hijo (a) ha sido conocido (a) con el nuevo apellido por más de 5 años.
9.- ¿Puedo ponerle el apellido de mi pareja a mi hijo/a?
Si su hijo(a) ha sido conocido (a) con el apellido de su pareja por más de 5 años, no hay ningún inconveniente.
Tiene que tener testigos que puedan dar fe de que su hijo (a) ha sido conocido (a) con nuevo apellido por más de 5 años.
10.- ¿Se necesita la autorización del padre biológico?
No es necesaria la autorización del padre biológico para el cambio de apellido.
Ahora, debe considerar que la ley exige que se publique un extracto de la solicitud de cambio de nombre o apellido en el Diario Oficial (publicación que es gratuita), permitiendo que quien tenga interés pueda oponerse dentro de 30 días. De modo que hipotéticamente(si llegara a leer el Diario Oficial) podría haber una oposición del padre biológico, caso en el cual el juez resolverá si autoriza o no el cambio.
11.- ¿El cambio de apellido altera la filiación?
No. Tiene que tener presente que los derechos y obligaciones entre padre e hijo no se alteran o suprimen por el cambio de apellido. Así, por ejemplo, subsiste el derecho a percibir pensión de alimentos por parte de un hijo menor de edad, aun cuando éste ya no lleve el apellido de su padre biológico. También subsisten los derechos hereditarios.
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Ahi dice que la madre de MEO podia ponerle el apellido de su nuevo marido, y si solo hubiese sido pareja tambien podia.