Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

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Respuesta: Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

[FONT=verdana, sans-serif][size=10]$2[/size][/FONT][FONT=verdana][FONT=verdana, sans-serif][size=10]$2[/size][/FONT][/FONT]Es la pena privativa o restrictiva de libertad desde 3 años y 1 día en adelante

por tanto no es un impedimento tu situacion y lo del registro, lee esta página para tener mas información Eliminación de antecedentes penales - ChileClic

Respuesta: Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

Lo anterior en la teoría, pues en la práctica te va a marcar igual, y los colegas inescrupulosos no van a dudar en usar eso en su favor, sea para birlar clientes, sea para denostar en general.

Respuesta: Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

Recuerdo haber planteado una vez un tema parecido a este, y bueno debo comunicarte lo siguiente:
Artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales, nos dice que para ser abogado se necesita:

  1. Tener 20 años de edad
    2.Ser Licenciado en Ciencias Jurídicas otorgado por una Universidad
    3.No haber sido condenado ni estar actualmente acusado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva
    4[B][U]. Tener antecedentes de buena conducta[/U][/B]
    5.Haber cumplido satisfactoriamente una práctica profesional por seis meses en las Corporaciones de Asistencia Judicial. O haberse desempeñado durante cinco años como funcionario o empleado del Poder Judicial
    PD: Lamento tener que comunicarte esto.

Respuesta: Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

Me he informado más, y me percate de que hay un proyecto de ley del senador VICTOR Pérez Varela, quien modifica este artículo agregando una prueba de aptitud.
Pero repito es solo un proyecto.
Bueno dice así:

[B]“P[/B][B]ara poder ser abogado se requiere: [/B]
[B]1° Tener veinte años de edad; [/B]
[B]2° Tener el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas otorgado por una Universidad, en conformidad a la ley; [/B]
[B]3º No haber sido condenado ni estar actualmente acusado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva; [/B]
[B]4° Antecedentes de buena conducta. [/B]
[B]La Corte Suprema[/B][B] podrá practicar las averiguaciones que estime necesarias acerca de los antecedentes personales del postulante;[/B]
[B]5° Rendir satisfactoriamente una prueba de aptitud profesional ante la Corte Suprema.[/B]
[B]Un auto acordado determinará los requisitos, forma y condiciones para la rendición y aprobación de la citada prueba, y[/B]
[B]6° Haber cumplido satisfactoriamente una práctica profesional por seis meses en las Corporaciones de Asistencia Judicial a que se refiere la circunstancia que deberá acreditarse por el Director General de la respectiva Corporación. Las Corporaciones de Asistencia Judicial, para este efecto, podrán celebrar convenios con el Ministerio Público y con la Defensoría Penal Pública.[/B]
[B]Un reglamento determinará los requisitos, forma y condiciones que deban cumplirse para que dicha práctica sea aprobada.[/B]
[B][FONT=&quot]La obligación establecida en el N° 5 se entenderá cumplida por los postulantes que sean funcionarios o empleados del Poder Judicial o de los tribunales del trabajo, por el hecho de haber desempeñado sus funciones durante cinco años, en las primeras cinco categorías del escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría”.
[/FONT][/B]
Podrían buscarlo esta en la NET.
[B][FONT=&quot][/FONT][/B]

Respuesta: Estudiante de derecho con antecedentes penales puede ejercer ¿?

Tecnicamente no tendrás problemas, despreocúpate por eso - me refiero a poder jurar - del resto, como ya se dijo, no se ve muy bien…

Saludos.