AMNISTIA: NO TODOS LOS CAMINOS LLEVAN A ROMA
MP.Santiago, 30 de Octubre del 2006.- A pesar de las vestiduras razgadas para los partidos de derecha el Nunca Más frente a las violaciones a los derechos humanos sigue siendo un compromiso relativo. Al menos eso dejan entrever las declaraciones del Senador UDI Hernán Larraín quien señaló que su colectividad evaluará si le da o no el pase al Tribunal Penal Internacional (TPI) según como se materializa el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por la mantención de la ley de Amnistía. Un elemento que sólo añade un leño al debate y un escollo a la lucha por terminar con dicho Decreto Ley, que se arrastra por más de 28 años. Doce de ellos en dictadura…16 bajo los gobiernos de la Concertación.
Aunque reconocieron que ambos temas no están ligados, la Alianza por Chile adviertió que antes de dar su aprobación al TPI, observarán cómo se aplica el reciente fallo, que involucró concretamente al caso del asesinato del profesor y presidente de la CUT de Rancagua, Luis Almonacid, quien fue acribillado por una patrulla de Carabineros, que luego de sacarlo de su hogar lo ejecutan por la espalda en una calle cercana. El caso fue arrebatado por la Justicia Militar a la civil y amnistiado cuando aún no terminaba la investigación ni se aplicaban las condenas, especialmente contra el principal implicado, el ex oficial de Carabineros, Raúl Neveu.
Sin embargo y a pesar de la pública voluntad de acatar las indicaciones del fallo de la CIDH, hechas públicas por la propia presidenta Bachelet, el Gobierno estaría estudiando un proyecto sólo de derogación y no de anulación como lo exigen las organizaciones de familiares de víctimas y como sentenciaba por lo demás una de los acápites del primer programa de la Concertación (Aylwin) y que 17 años después aún no ha sido materializado.
Ello a pesar de que la Concertación tiene los votos -tanto en la Cámara como en el Senado- para aprobar un proyecto de derogación, anulación o interpretación sobre la ley de Amnistía.
La diferencia entre estos conceptos, es que el primero sólo involucraría a las causas no falladas hasta ahora, pero dejaría en la impunidad a aquellas a las que ya se aplicó el tristemente célebre Decreto Ley de Amnistía. Entre ellos quedaría paradojalmente el propio caso Almonacid.
Cuestión que no ocurriría con la anulación, que significaría en la práctica que el DL nunca existió y por tanto sus efectos jurídicos son nulos, incluyendo en los casos ya amnistiados antes de su eventual promulgación.
Finalmente está el proyecto que interpreta el Artículo 93, añadiendo que nada de los dispuesto en dicho artículo exonera de la obligación del Estado Chileno de hacer fe de sus compromisos internacionales y castigar los crímenes de guerra y de lesa humanidad dondequiera y cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido.
De ser aprobada esta redacción se impediría en lo concreto que la amnistía o la prescripción vuelvan a aplicarse en casos de derechos humanos, resolviendo de paso la preocupación por que el principio pro-reo no anule el objetivo de las modificaciones, ya que cuando se interpreta la ley y cuando se establece el predominio de los tratados internacionales lo que se hace no es hacer una norma nueva sino precisar los alcances de la ley existente y por lo tanto se considera vigente esa interpretación desde el mismo día en que Chile aprobó los tratados internacionales.
No obstante, para las organizaciones de derechos humanos, lo ideal y exigible es la anulación, pues consideran impresentable que el espúreo decreto ley siga vigente en un país que se supone democrático dejando sentado un precedente para el futuro en cuanto a la legitimidad de cometer crímenes y luego decretar una autoamnistía.
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