Herencia por fallecimiento

Hola, quisiera que me orienten, soy viuda y mi marido tenía un bien raíz que lo habita su madre, pero las relaciones se rompieron cuando él falleció, quiero saber si me corresponde algo de este bien raíz, ya que, nosotros nos casamos con separación de bienes, en este minuto tengo una bebé que no es del matrimonio, sé que mi suegra estaba tramitando la posesión efectiva, a mí me habían solicitado ir a firmar unos papeles que nunca firmé, por lo cual no se de que se trata.
El tiene 4 hermanos de madre solamente vivos, como dato adicional si lo necesitan para darme respuesta.
Me ayudan

Gracias

faltan muchos datos… propiedades, desde cuando, hijos, etc…

pide los papeles que vas a firmar para estudiarlos y se los llevas a un abogado… no firmes nada sin asesoria…

La propidad la recibio al cumplir su mayoría de edad,él no tiene hijos, sobre los papeles no tengo cómo recopilarlos ya que perdí comunicación con su familia, esto pasó el 2005

cuando digo los papeles, me refiero a los que te inducian a que firmaras…

de verdad lleva los antecedentes que tengas donde un abogado, por cuanto el vera que otros necesita recopilar…

CLARO!!! Usted es heredera del bien raiz en 2/3 y los ascendientes en este caso la madre en el otro 1/3, si pidieron la psosesión efectiva tendra que iniciar una acción denominada acción de petición de Herencia si aun no lo hicieron, pida usted la posesión efectiva, en todo caso le recomiendo que se asesore, yo trabajo con una abogada especialista en este tipo de asuntos y ademas no es cara por si le interesa escribame a estudiador@hotmail.com y le doy mas datos.

mmmm… separacion de bienes??? cuando adquirióla casa?? ahi esta la clave, yo en su lugar inciaria la accion antes mencionada, total, si gana bien y si no…

Hagase asesorar por un abogado

Saludos

Que paso con la posesion efectiva? se realizo?, averiguelo…
debe ser incluida en la posesion efectiva…
Luego vaya donde un Abogado para que realice, la Accion de solicitar, Accion de revindicacion de cuota hereditaria, o derechamente accion de peticion de herencia, aunque por esencia, esta es para reconocer la calidad de heredero, Ojo que la pueden Reconvenircon Prsecripcion adquicitiva, debe estar bien planteado.
O bien solicitar Juicio de particion.hay que estudiar los antecedentes concretos.

Suerte.

Falta el dato más importante de todos, la fecha de la muerte de su señor cónyuge, puesto que eso marca el cuál legislación se aplicará (la de antes de 1999 la posterior a ese año).

Ojalá regrese y nos proporcione ese vital dato.

Saludos.