Herencia y Deuda con Impuesto Interno

Hola,

Mi problema es el siguiente: Mi padre tiene un deuda con impuesto interno, esto es cerca de 600 millones de pesos. Como tu puedes ver es bastante dinero. Mi hermano me ha dicho que cuando mi padre muera esa deuda se va tranferir a nosotros que somos los herederos. Eso significa que tendremos que pagar esos 600 millones con nuestros(yo y mi hermano) bienes! Yo he estado conversando el tema con algunos amigos, pero ninguno de ellos tiene estudios en leyes, uno de ellos me dijo que hay una forma de evitar pagar ese dinero, es no aceptar ser heredero cuando mi padre muera. Alguien podrias confirmar eso por favor? Si entonces, cuales son los pasos a seguir?

Muchas Gracias,

Respuesta: Herencia y Deuda con Impuesto Interno

El día en que muera tu padre… (si no ha dejado testamento) debes solicitar la posesión efectiva de la herencia en el servicio de registro civil e identificación, aceptando con beneficio de inventario. Esto es, los acreedores hacen efectivas las deudas de tu padre sólo sobre los bienes que adquieres por la causa de muerte y [U][B][I]no[/I][/B][/U] se hacen efectiva las deudas en tu patrimonio.

Respuesta: Herencia y Deuda con Impuesto Interno

respecto de la deuda en el sii, ojo!!! porque prescriben. Cualquier cosa por pv.
Saludos.

Respuesta: Herencia y Deuda con Impuesto Interno

Gracias por la respuesta mcrae_master.

Pero no puede enterder tu segunda respuesta:

>>>respecto de la deuda en el sii, ojo!!! porque prescriben. Cualquier cosa por pv.

Por favor, podrias aclararme ese punto.

Muchas Gracias,

Respuesta: Herencia y Deuda con Impuesto Interno

una vez que transcurre un lapso de tiempo, no le son exigibles algunas deudas (esto es, prescriben).

Respuesta: Herencia y Deuda con Impuesto Interno

Hola, sabes e leído sobre tu duda y yo no se mucho de impuestos pero por mi profesión un poco se, y veo bastantes imprecisiones en este foro. Primero la deuda de tu padre no es con el SII, es con la Tesorería por una obligación tributaria (es lo que supongo), y esa obligación no se extingue, la prescripción no creo que sea aplicable en este caso, es posible que este suspendido el lapso de prescripción por causales contempladas en la ley, y existen muchas causales para suspender o interrumpir la prescripción a raíz de deudas contraídas. La prescripción se aplica, cuando las partes no han actuado, pero aquí veo que las partes reconocen la deuda, así que dudo que este corriendo la prescripción.
Ahora bien, es cierto puedes pedir el beneficio del inventario y es posible que te quedes sin nada, absolutamente nada. Y si recibes algo deberás pagar impuestos por herencia, los cuales son cuantiosos. Por lo que te recomiendo que consultes a un buen TRIBUTARISTA, ya sea un abogado o un contador que se dediquen a planificaciones tributarias, de este modo pueden planificar tu herencia y disminuir las deudas de tu padre con la tesoreria. Te recomiendo que vallas al blog de mi amigo, el es un tributarista y si te parece bien, tomas contacto con el, el tiene muy buena voluntad para orientar con respecto a dudas tributarias, ya que el un estudioso y experto en temas tributarios.
Te dejo el l link: EL RINCON TRIBUTARIO
Bueno que te valla bien.
Saludos.