hola , tengo una consulta, mi madre separada de hecho y con separacion de bienes, vendio a mi y mi hermana un depto. de su propiedad en algunas cuotas anuales, lamantablemente fallecio cuando solo se habia pagado la primera cuota. que sucede con el saldo?? ya que quedan mi padre y mi hermano. se transforna la deuda en herencia ??? hay que hacer posecion efectiva??? cuanto le corresponde a mi padre, Estamos vendiendo el depto. pero nos piden escritura de cancelacion de deuda, como se hace con esto
Respuesta: herencia
Esa es una pregunta que debe analizarse con papeles y antecedentes en mano.
Como sea, brevemente, si tu madre fallece siendo acreedora de tu hermana y de ti del precio de la propiedad, entonces ese crédito que tenía tu madre se transmite a sus herederos, quienes pasan a ser acreedores del precio.
Eso sí, como coincide que dos de sus herederos son los deudores, respecto de ellos se produce la confusión de la deuda hasta la concurrencia de la cuota en la herencia.
Acude a un abogado para que materialmente y haciendo los cálculos respectivos, pueda decirte a cuánto asciende el haber hereditario y cuánto corresponde a cada heredero, y hasta cuándo se confunde la deuda y cuánto de ella subsiste.
Pd: Posesión efectiva es igualmente necesaria, pues a su muerte tu madre tenía un crédito contra tu hermana y contra ti (y otros bienes, seguramente).
Suerte.
Respuesta: herencia
muchas gracias por tu respuesta .
saludos