Bueno creo que a todos se nos ha enseñado que la posesión es un hecho, pero me llamo la atencion algo que acabo de leer y me gustaria compartirlo para que nuevamente en este foro se discutan temas juridicos mas que luchas por cual es la mejor universidad o cual la peor…
Me explico, algunas personas proponen (pongo algunas porque no conozco los nombres) que la posesión es un derecho real, ya que es un conjunto de facultades que se ejercen sobre una cosa sin respecto a determinada persona, este conjunto de facultades esta protegido por la ley (lo que le daria caracter de derecho), tambien que todo real esta protegido por acciones reales, como serian en el caso de la posesión las acciones posesorias y la publiciana, tambien que el art. 696 y el 728 hablan de la transferencia de la posesión, y el 2500 inc. 2 nos da a entender que la posesión se transmite…
Por otro lado los derechos reales son taxativamente enumerados en el codigo.
La pregunta… Entonces: ¿Es un hecho, o un derecho?
PD: Lo que escribi no es de mi autoría, es copia casi integra de apuntes.