Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo?

Estimados/as, acá les dejo otro caso de jurisprudencia de la SUSESO, interesante de conocer respecto del análisis:

Un trabajador se encontraba operando un torno, cuando de pronto se desmayó, cayendo sobre el plato de éste, lo cual le produjo lesiones en la cara y la dentadura. De acuerdo con la presentación, no existían condiciones ambientales a las cuales se les pueda atribuir dicho desmayo, sino que por el contrario se habría producido por razones personales del afectado.

Espero sus opiniones y luego les entrego el detalle de lo que estableció la SUSESO al respecto.

Según lo entiendo la ley dice a causa o con ocasión del trabajo … por lo tanto no es laboral.

no es accidente laboral, ya que las causa que provoco el accidente es netamente personal, no tiene niuna relacion con el lugar y el ambiente donde se desenpeña

jajaja… eso lo van a clasificar como accidente del trabajo, por lo siguiente:

  1. Existe Lesion? SI
  2. A causa o en Ocasion? EN OCASION, ya que se encontraba laborando y se le puede atribuir a strees, o muchos factores mas que son facilmente comprobables
  3. Inacapacidad y Muerte? Y AQUI EN ESTE PUNTO ES IMPORTANTE VER QUE OCASIONO EL DESMAYO… DEPENDIENDO DE ESTO SE CLASIFICARA COMO ACC’ O NO… ESE CASO LO CONOCI, Y MUCHOS MAS PARECIDOS, PERO AL FINAL SON ACC DEL TRABAJO… TAN SOLO POR EL NEXO DE CAUSALIDAD

insisto que no es accidente laboral, ya que el desmayo se produjo por causas ajenas al trabajo, es mas cuando vas al doctor del ente que la empresa esta asociado, te evalua y al darse cuenta que el accidente no fue provocado por causas del trabajo, es accindente normal no laboral, ahora si tuviera strees laboral deacuerdo, pero al parecer no es el caso.

y como sabes q el desmayo no es por origen laboral?? eres medico?? psicologo¿?.. eso lo puedes atribuir a muchas cosas, con tanta falta de información no se puede determinar si lo es o no…pero de todas maneras tira mas…

Un desmayo es la pérdida temporal del conocimiento a consecuencia de una disminución del flujo sanguíneo al cerebro. El episodio es breve (dura menos de un par de minutos) y va seguido de una recuperación rápida y completa. Las personas afectadas se pueden quejar de mareos o vértigo antes de presentarse el desmayo.

Es por esto que las distintas areas tienen supervisores, jefes de turno y/o capatas, ser un lider de equipo involucra mas que solo firmar papeles y delegar funciones, los que conoscan la ley del domino comprenderan de lo que hablo, la caida del segundo domino representa la causa base, que en este caso seria un factor personal definido como falta de capasidad (no puede), la falta de control administrativo permite la existencia estas causas basicas y en este caso el responsable (jefe) tendria que aver antisipado que este hombre no debia trabajar en condiciones que representen un riesgo, tambien se puede presentar la causa base de falta de motivacion, por el hecho que mensionaste problemas personales, un trabajador con un estado de animo decadente es un peligro para el y sus compañeros.

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

Estimados(as), la SUSESO calificó las lesiones que presenta el trabajador como de origen laboral. A continuación les dejo los principales antecedentes y argumentos del caso:

Esa mutualidad ha solicitado la reconsideración del oficio N° 7.761, de 1988, mediante el cual esta Superintendencia concluyó que procedía calificar como accidente del trabajo el siniestro que sufrió la persona que allí se indica en Abril de ese año al caer sobre el torno en que trabajaba a raíz de un desmayo, aparentemente de naturaleza común, lo que le ocasionó un traumatismo encéfalo craneano y rotura de algunas piezas dentarias.

En efecto, por oficio N°31, de 1972, esta Superintendencia indicó, como pauta general, que las lesiones que una persona pudiere sufrir con motivo de un ataque cardiaco o de epilepsia, en el lugar de trabajo, no constituyen un accidente del trabajo, pues en ambas hipótesis la causa productora de las lesiones no ha sido el trabajo sino una enfermedad o deficiencia congénita desligada de la actividad laboral de la persona que sufre sus consecuencias, las cuales se pueden producir en el sitio de trabajo o en otro lugar cualquiera.

Ahora bien, en la situación de que se trata en este caso, se presentó el hecho aludido en el oficio N°31, de 1972, de que en la producción de las lesiones del trabajador no solo concurrió su desmayo o desvanecimiento, al parecer de origen común, sino que también las circunstancias laborales en que se desempeñaba. Efectivamente, si bien dicho desmayo se el pudo producir en cualquier otro lugar, el hecho de que haya ocurrido cuando estaba trabajando a raíz de lo cual cayó encima del plato del torno en movimiento que manipulaba, fue determinante en la producción de sus lesiones.

Por lo tanto, en este caso especifico no es irrelevante para la calificación de que se trata, el que el trabajador haya caído sobre el torno en el que trabajaba , pues tal hecho fue determinante en la producción de sus lesiones, de modo que su trabajo y los elementos de trabajo concurrieron directamente en el daño ocasionado.

A este respecto, es útil tener presente que dicha conclusión no se aleja del concepto que de accidente del trabajo da el artículo 5° de la ley N° 16.744, según el cual se extiende por tal toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte, puesto que las lesiones que sufrió el trabajador no solamente se debieron al desvanecimiento que experimentó sino que, como se ha dicho, al hecho de haber caído sobre la maquina que manipulaba, motivo por el cual puede afirmarse que sus lesiones se produjeron con ocasión de las labores que realizaba en mérito de lo expuesto, procede rechazar la solicitud de reconsideración del oficio N° 7.761, de 1988, formulada por esa Mutual.

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

[quote=“Santoz, post: 509275”]Estimados(as), la SUSESO calificó las lesiones que presenta el trabajador como de origen laboral. A continuación les dejo los principales antecedentes y argumentos del caso:

Esa mutualidad ha solicitado la reconsideración del oficio N° 7.761, de 1988, mediante el cual esta Superintendencia concluyó que procedía calificar como accidente del trabajo el siniestro que sufrió la persona que allí se indica en Abril de ese año al caer sobre el torno en que trabajaba a raíz de un desmayo, aparentemente de naturaleza común, lo que le ocasionó un traumatismo encéfalo craneano y rotura de algunas piezas dentarias.

En efecto, por oficio N°31, de 1972, esta Superintendencia indicó, como pauta general, que las lesiones que una persona pudiere sufrir con motivo de un ataque cardiaco o de epilepsia, en el lugar de trabajo, no constituyen un accidente del trabajo, pues en ambas hipótesis la causa productora de las lesiones no ha sido el trabajo sino una enfermedad o deficiencia congénita desligada de la actividad laboral de la persona que sufre sus consecuencias, las cuales se pueden producir en el sitio de trabajo o en otro lugar cualquiera.

Ahora bien, en la situación de que se trata en este caso, se presentó el hecho aludido en el oficio N°31, de 1972, de que en la producción de las lesiones del trabajador no solo concurrió su desmayo o desvanecimiento, al parecer de origen común, sino que también las circunstancias laborales en que se desempeñaba. Efectivamente, si bien dicho desmayo se el pudo producir en cualquier otro lugar, el hecho de que haya ocurrido cuando estaba trabajando a raíz de lo cual cayó encima del plato del torno en movimiento que manipulaba, fue determinante en la producción de sus lesiones.

Por lo tanto, en este caso especifico no es irrelevante para la calificación de que se trata, el que el trabajador haya caído sobre el torno en el que trabajaba , pues tal hecho fue determinante en la producción de sus lesiones, de modo que su trabajo y los elementos de trabajo concurrieron directamente en el daño ocasionado.

A este respecto, es útil tener presente que dicha conclusión no se aleja del concepto que de accidente del trabajo da el artículo 5° de la ley N° 16.744, según el cual se extiende por tal toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte, puesto que las lesiones que sufrió el trabajador no solamente se debieron al desvanecimiento que experimentó sino que, como se ha dicho, al hecho de haber caído sobre la maquina que manipulaba, motivo por el cual puede afirmarse que sus lesiones se produjeron con ocasión de las labores que realizaba en mérito de lo expuesto, procede rechazar la solicitud de reconsideración del oficio N° 7.761, de 1988, formulada por esa Mutual.[/QUOTE]

Grx por colocar el resultado del fallo… ya q no falta el q no opine antecion en 1er año xD

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

  1. Existe Lesion? SI
  2. A causa o en Ocasion? EN OCASION, ya que se encontraba laborando y se le puede atribuir a strees, o muchos factores mas que son facilmente comprobables
  3. Inacapacidad y Muerte? Y AQUI EN ESTE PUNTO ES IMPORTANTE VER QUE OCASIONO EL DESMAYO… DEPENDIENDO DE ESTO SE CLASIFICARA COMO ACC’ O NO… ESE CASO LO CONOCI, Y MUCHOS MAS PARECIDOS, PERO AL FINAL SON ACC DEL TRABAJO… TAN SOLO POR EL NEXO DE CAUSALIDAD

Toda la razon con lo dicho anteriormente…
a pesar de que no es un accidente a causa o con ocasion del trabajo se pueden atribuir los factores sociales del trabajo o de la familia, producidas por este trabajo valga la redundancia…

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

no correspode a accidente ya que los desmayos no estan consideradaros como accidentes ni tampoco las consecuencias de este, exepto que se haya ocasionado por algun contaminante quimico en el ambiente de trabajo que desplace monoxido de carbono .

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

claramente es un accidente como lo podemos interpretar lo que dice la ley a causa o con ocacion del trabajo.
no fue a causa pero esta dentro de ocacion teniendo lesion y en el horario ya que el trabajador no tiene dolo ni culpa inescusable.
si no quien es el facultativo que te puede predecir un desmayo, ni uno sabe el minuto y las causa de estos en algumos casos.
de lo contrario se debe demostrar el dolo de trabajador.

Respuesta: Lesiones debido a un desmayo; accidente de trabajo???

jajajjajaja caso cerrado! es accidente