Me refiero al post natal femenino. Durante el último tiempo se ha promovido la Lactancia Materna Exclusiva hasta los 6 meses de edad, algo que científicamente ha demostrado una seria de beneficios para el bebé, la madre y la relación madre-hijo, pero que es practicamente imposible de realizar debido a la corta duración del post-natal…
Un politiquillo postuló extenderlo hasta los 6 meses… que opinan al respecto?
supuestamente es ideal que la madre a compañe añ niño hasta los 6 meses,pero es unatao tremendo,tengo una paciente con un niño down que le ha costado salir de su sbo,y le he dado licencia,todavia no le pagan el mes de septiembre y tienes que darsela solo por 7 dias,no permiten por mas,dicen en temuco que es nueva ley,pero en santiago no esta funcionando asi.
En el norte, como loestan haciendo?!crazy!
Por eso la idea de extender el post natal…
Con respecto a las Licencias médicas… uno como general la puede extender hasta por 7 días… para hacerlas más largas debes ser especialista, o casos muy seleccionados como una TBC bacilífera… y si, es por ley…
El prenatal yo creo que es más que apropiado…
Ahora obviamente que hablamos de futuras madres contratadas… las trabajadoras esporádicas, a honorarios o como sea, lamentablemente están fritas…
Re: Ja!
[quote=“Opinólogo, post: 372103”]Como pueden ver, Arwyn ya es una experta extendiendo licencias. En medio de su rídicula locura, siente que ha superado incluso a la Dra. María Luisa Cordero.
:joker:[/QUOTE]
hay que configurar la relacion laboral.
hay que distinguir:
con boleta honorarios: relacion civil, no afecta el codigo del trabajo, con todos los derechos de los trabajadores.
con contrato de trabajo: relacion laboral, regulada por el codigo del trabajo. algunas no todas. pero otorga los derechos propios de una relacion laboral…
sin embargo sabemos que el contrato de trabajo ESCRITO es una obligacion que se impone al empleador, por lo tanto, el trabajador que es solo un prestador de servicios, debe configurar que si bien recibia honorarios, lo suyo era una relacion laboral.
como? probando lo siguiente?
que cumplia horario, maracaba reloj, por ejemplo.
que recibia ordenes
asistencia
lugar de trabajo.
con lo cual en caso de despido probar la existencia de una relacion laboral.
[quote=“h_escobar, post: 372165”]hay que distinguir:
con boleta honorarios: relacion civil, no afecta el codigo del trabajo, con todos los derechos de los trabajadores.
con contrato de trabajo: relacion laboral, regulada por el codigo del trabajo. algunas no todas. pero otorga los derechos propios de una relacion laboral…
sin embargo sabemos que el contrato de trabajo ESCRITO es una obligacion que se impone al empleador, por lo tanto, el trabajador que es solo un prestador de servicios, debe configurar que si bien recibia honorarios, lo suyo era una relacion laboral.
como? probando lo siguiente?
que cumplia horario, maracaba reloj, por ejemplo.
que recibia ordenes
asistencia
lugar de trabajo.
con lo cual en caso de despido probar la existencia de una relacion laboral.[/QUOTE]
probando como… ¿mediante testigos?
para eso tendría que ser compañeros de trabajo atestiguando ¿en contra del empleador?
no es un poquito dificil eso?
sip, es dificl, mas nunca falta el ex compañero de trabajo que tambien fue despedido, el cliente que fue a hacer algun tramite y escucho al jefe darle ordenes, la fotocopia al libro de asistencia, el vecino que veia todos los dias como salia a trabajar, el dependiente de la tienda de al frente que veia a x entrar a trabajar y salir del trabajo, constancias de la inspeccion, etc…
nunca faltan los medios probatorios, solo que el cliente debe rebuscarselas…
[quote=“h_escobar, post: 372181”]sip, es dificl, mas nunca falta el ex compañero de trabajo que tambien fue despedido, el cliente que fue a hacer algun tramite y escucho al jefe darle ordenes, la fotocopia al libro de asistencia, el vecino que veia todos los dias como salia a trabajar, el dependiente de la tienda de al frente que veia a x entrar a trabajar y salir del trabajo, constancias de la inspeccion, etc…
nunca faltan los medios probatorios, solo que el cliente debe rebuscarselas…[/QUOTE]
mm… eso conversabamos con la encargada de honorarios.
hay medios “x” para hacerlo… el problema es que la trabajadora desconoce sus derechos y omite cualquier acción a seguir.