hola, estoy haciendo un informe y necesito diversas opiniones de por qué no se cumplen las normas jurídicas, ojalá me ayuden es urgentee… aunque yo ya tengo mi opinión neesito más aun… de ante mano muchas gracias
[quote=“Karoliitah, post: 485523”]hola, estoy haciendo un informe y necesito diversas opiniones de por qué no se cumplen las normas jurídicas, ojalá me ayuden es urgentee… aunque yo ya tengo mi opinión neesito más aun… de ante mano muchas gracias[/QUOTE]
La pregunta es, ¿por qué no se respetan o por qué se infringen?, a mi juicio la norma jurídica siempre se cumple. Si es así, creo que hay tantas respuestas como voluntades de no repetar la norma mencionada.
Saludos.
[quote=“DerechoUCEN, post: 485530”]La pregunta es, ¿por qué no se respetan o por qué se infringen?, a mi juicio la norma jurídica siempre se cumple. Si es así, creo que hay tantas respuestas como voluntades de no repetar la norma mencionada.
Saludos.[/QUOTE]
en introducción al Derecho nuestro profesor nos enseñó de que hay algunos casos en que hay normas jurídicas y éstas no se cumplen, esto se debe a que la sociedad en si no la acepta y por ende no las obedece ya que en algunos casos van en contra de un interés colectivo o por una u otra razón no las cumplen simplemente … en ese caso la norma pasa a tener un estado de desuso… que logicamente no es lo mismo que derogación.
En nuestra legislación el desuso no implica derogación ojo con eso!!
asi que David no comparto eso que dices tú de que la norma jurídica siempre se cumple
saludos
[quote=“playero.-!, post: 485534”]en introducción al Derecho nuestro profesor nos enseñó de que hay algunos casos en que hay normas jurídicas y éstas no se cumplen, esto se debe a que la sociedad en si no la acepta y por ende no las obedece ya que en algunos casos van en contra de un interés colectivo o por una u otra razón no las cumplen simplemente … en ese caso la norma pasa a tener un estado de desuso… que logicamente no es lo mismo que derogación.
En nuestra legislación el desuso no implica derogación ojo con eso!!
asi que David no comparto eso que dices tú que la norma jurídica siempre se cumple
saludos[/QUOTE]
Desde ese punto de vista, la norma que se cumple a veces es la que merece sanción, por ejemplo el tipo penal de homicidio, norma prohibitiva, en donde al ajustarse a la norma, o sea, cumplir con el tipo, se debe aplicar la sanción. Es una forma de “cumplir” la norma, personalmente me complcia eso de “cumplir”. Puesto que se confunde con “respetar”, a mi juicio la norma siempre se cumple, pues como norma existe y está de ese modo a propósito de un proceso de formación que es por todos reconocidos, inexcusablemente.
Ahora, claramente las normas no se respetan, de hecho, todos los días se vulneran, pero eso a mi juicio no tiene relación con el “cumplimiento” de la norma, sino más bien con el respeto a la misma en cuanto a las conductas de quienes se rigen por ella.
Saludos.
[quote=“DerechoUCEN, post: 485544”]Desde ese punto de vista, la norma que se cumple a veces es la que merece sanción, por ejemplo el tipo penal de homicidio, norma prohibitiva, en donde al ajustarse a la norma, o sea, cumplir con el tipo, se debe aplicar la sanción. Es una forma de “cumplir” la norma, personalmente me complcia eso de “cumplir”. Puesto que se confunde con “respetar”, a mi juicio la norma siempre se cumple, pues como norma existe y está de ese modo a propósito de un proceso de formación que es por todos reconocidos, inexcusablemente.
Ahora, claramente las normas no se respetan, de hecho, todos los días se vulneran, pero eso a mi juicio no tiene relación con el “cumplimiento” de la norma, sino más bien con el respeto a la misma en cuanto a las conductas de quienes se rigen por ella.
Saludos.[/QUOTE]
pero a lo que yo voy es al desuso de una norma, a eso voy ya que hay varias normas jurídicas que por su incumplimiento dejan de " mandar", digo esto de “mandar” ya que siguen existiendo pero su posibilidad de ser aplicada es casi nula, eso lleva que la ley entre en desuso y que no sea acatada
Pero como dije anteriormente en nuestro sistema judicial el desuso no implica derogación eso hay que tenerlo presente
saludos
[quote=“playero.-!, post: 485549”]pero a lo que yo voy es al desuso de una norma, a eso voy ya que hay varias normas jurídicas que por su incumplimiento dejan de " mandar", digo esto de “mandar” ya que siguen existiendo pero su posibilidad de ser aplicada es casi nula, eso lleva que la ley entre en desuso y que no sea acatada
Pero como dije anteriormente en nuestro sistema judicial el desuso no implica derogación eso hay que tenerlo presente
saludos[/QUOTE]
Playero.
En principio el verbo rector es “cumplir”, ahora es “mandar” y entre ambos fue “usar/des-usar”. Recuerda que el juicio inicial decía relación con que la norma no se “cumple”. Nadie ha discutido nada a propósito del “des-uso”.
saludos.
Yo pienso que se vulnera debido a que el sujeto llamado a respetar la norma jurídica, no la encuentra legitima, o no se siente representada en ella, desestimando por esa razon su fuerza obligatoria, así podría sostener que las normas dictadas por un Congreso poco representativo, serían recurrentemente vulneradas.
[quote=“zetbas, post: 485562”]Yo pienso que se vulnera debido a que el sujeto llamado a respetar la norma jurídica, no la encuentra legitima, o no se siente representada en ella, desestimando por esa razon su fuerza obligatoria, así podría sostener que las normas dictadas por un Congreso poco representativo, serían recurrentemente vulneradas.[/QUOTE]
Estoy de acuerdo, el vocablo cumplir es el que me complica, puesto que como norma, siempre se “cumple”, existe, lo que sucede es que el sujeto obligado o llamado a respetarla no lo hace.
Saludos.
[quote=“zetbas, post: 485562”]Yo pienso que se vulnera debido a que el sujeto llamado a respetar la norma jurídica, no la encuentra legitima, o no se siente representada en ella, desestimando por esa razon su fuerza obligatoria, así podría sostener que las normas dictadas por un Congreso poco representativo, serían recurrentemente vulneradas.[/QUOTE]
Estoy totalmente de acuerdo contigo, aqui hay un tema de fuerza obligatoria y en realidad no hay mucho que decir respecto de que las normas se “cumplen” o no, el tema va mas haya de eso…una norma pierde vigencia no solo por derogación.
[quote=“sofi, post: 485569”]Estoy totalmente de acuerdo contigo, aqui hay un tema de fuerza obligatoria y en realidad no hay mucho que decir respecto de que las normas se “cumplen” o no, el tema va mas haya de eso…una norma pierde vigencia no solo por derogación.[/QUOTE]
Es verdad, es claro que el vocablo “cumplir” está mal aplicado.
Lo que no entiendo es por qué se hizo en este thread la vinculación con la derogación o des-uso de la norma, más bien creo que el tema central es la fuerza obligatoria de la norma y el imperio de la misma, sinceramente no entiendo lo que yo llamo “confusión”, ésta “confusión”.
Saludos.
[quote=“DerechoUCEN, post: 485530”]La pregunta es, ¿por qué no se respetan o por qué se infringen?, a mi juicio la norma jurídica siempre se cumple. Si es así, creo que hay tantas respuestas como voluntades de no repetar la norma mencionada.
Saludos.[/QUOTE]
Se fue un poco por las ramas este topico, con algunas respuestas :S, y me enredo.
No entiendo como se formulo la pregunta.
Pero segun lo que entendi, que creo que fue lo mismo que entendio DerechoUCEN.
La norma juridica al no cumplirse se esta infringiendo. Por eso mismo son COERCIBLES y COACTIVAS, y como al no cumplirse se esta infringiendo, conlleva por ende una sancion, tambien por el hecho de ser norma, se basa en el deber ser, en donde la norma DEBE ser cumplida.
No entiendo por que Playero dice, que hay normas juridicas que caen en desuso, porque “la sociedad en si no la acepta”. Las normas juridicas son prescripciones, es decir, mandatos u ordenes, y por eso deben acatarse por el hecho de ser normas. Y vuelvo a repetir lo que dije antes, que las normas juridicas son coercibles y coactivas.
Podria ser que cayera en desuso una norma de trato social, pero una norma juridica?? :S:S
O a lo mejor entendi algo mal??? :S
Saludos
PD: En buena el post, no se vayan a picar xDD:bufon:
[quote=“Lewrs, post: 485581”]Se fue un poco por las ramas este topico, con algunas respuestas :S, y me enredo.
No entiendo como se formulo la pregunta.
Pero segun lo que entendi, que creo que fue lo mismo que entendio DerechoUCEN.
La norma juridica al no cumplirse se esta infringiendo. Por eso mismo son COERCIBLES y COACTIVAS, y como al no cumplirse se esta infringiendo, conlleva por ende una sancion, tambien por el hecho de ser norma, se basa en el deber ser, en donde la norma DEBE ser cumplida.
No entiendo por que Playero dice, que hay normas juridicas que caen en desuso, porque “la sociedad en si no la acepta”. Las normas juridicas son prescripciones, es decir, mandatos u ordenes, y por eso deben acatarse por el hecho de ser normas. Y vuelvo a repetir lo que dije antes, que las normas juridicas son coercibles y coactivas.
Podria ser que cayera en desuso una norma de trato social, pero una norma juridica?? :S:S
O a lo mejor entendi algo mal??? :S
Saludos
PD: En buena el post, no se vayan a picar xDD:bufon:[/QUOTE]
lee la separata de Antonio Bascuñan ahi sale todo referente a la norma jurídica y lo que yo digo para que veas que no es un invento
saludos
[quote=“playero.-!, post: 485587”]lee la separata de Antonio Bascuñan ahi sale todo referente a la norma jurídica y lo que yo digo para que veas que no es un invento
saludos[/QUOTE]
Nadie discute eso, lo que pasa es que no veo la vinculación entre el “cumplimiento” de la norma con el “des-uso de la misma”.
Saludos.
[quote=“DerechoUCEN, post: 485590”]Nadie discute eso, lo que pasa es que no veo la vinculación entre el “cumplimiento” de la norma con el “des-uso de la misma”.
Saludos.[/QUOTE]
IDEM
La verdad no entiendo todavía por qué se dicute la formulación de la pregunta con la cual se inicio este foro, donde este lo errado de señalar que la norma se cumpla o no?
Frente a los que señalan que la norma jurídica siempre se cumple, no estoy de acuerdo, por qué como han señalado antes la norma pertenece al ambito del “deber ser”, vale decir, establecen patrones de conducta deseados y buscados para la armónica convivencia social, de esta perspectiva la norma siempre es imperativa (por qué en ella hay un mandato). Tema distinto es que las leyes pueden ser prohibitivas, imperativas y permisivas, lo que no implica que la norma jurídica también sea prohibitiva, imperativa o permisiva, sino como señale siempre es imperativa.
Lo anterior se explica por qué de la “Ley” se desprende una “Norma” que es autónoma y abstracta, esto lo explicaré con un ejemplo: El Código Penal ( que es una ley), en el art. 391 señala "el que mate a otro y no esté comprendido en el artículo anterior srá penado…, y de ello se desprende una norma que es la siguiente; NADIE DEBE MATAR, y ese deber puede o no ser cumplido. De esto se concluye que el deber de no matar, no lo impone la ley, sino que la NORMA, y la ley se limita a disponer que si alguien mata a otro, será snacionado con tal pena, pero la ley no establece NO SE DEBE MATAR.
Es más, algunos autores como BINDING señalan que el delincuente que incurre en el tipo penal, no viola la ley, sino que más bien CUMPLE LA LEy, puesto que realiza la conducra que se describe en el tipo (mata otro, cumple con el tipo penal MATAR A OTRO).
[quote=“zetbas, post: 485604”]La verdad no entiendo todavía por qué se dicute la formulación de la pregunta con la cual se inicio este foro, donde este lo errado de señalar que la norma se cumpla o no?
Frente a los que señalan que la norma jurídica siempre se cumple, no estoy de acuerdo, por qué como han señalado antes la norma pertenece al ambito del “deber ser”, vale decir, establecen patrones de conducta deseados y buscados para la armónica convivencia social, de esta perspectiva la norma siempre es imperativa (por qué en ella hay un mandato). Tema distinto es que las leyes pueden ser prohibitivas, imperativas y permisivas, lo que no implica que la norma jurídica también sea prohibitiva, imperativa o permisiva, sino como señale siempre es imperativa.
Lo anterior se explica por qué de la “Ley” se desprende una “Norma” que es autónoma y abstracta, esto lo explicaré con un ejemplo: El Código Penal ( que es una ley), en el art. 391 señala "el que mate a otro y no esté comprendido en el artículo anterior srá penado…, y de ello se desprende una norma que es la siguiente; NADIE DEBE MATAR, y ese deber puede o no ser cumplido. De esto se concluye que el deber de no matar, no lo impone la ley, sino que la NORMA, y la ley se limita a disponer que si alguien mata a otro, será snacionado con tal pena, pero la ley no establece NO SE DEBE MATAR.
Es más, algunos autores como BINDING señalan que el delincuente que incurre en el tipo penal, no viola la ley, sino que más bien CUMPLE LA LEy, puesto que realiza la conducra que se describe en el tipo (mata otro, cumple con el tipo penal MATAR A OTRO).[/QUOTE]
Efectivamente el más claro ejemplo que cité al comienzo, es el mismo que zetbas transcribe, o más bien grafica, el “cumplir” la norma es la conducta sancionada, en cambio depende de la redacción de la norma es a quién se sanciona si es a quién la “cumple” o no, pero no es posible para el sujetio activo en definitiva cumplir la norma, puesto que la norma “ya está cumplida”, el sujeto activo puede ceñirse o no a la norma, nada más.
Lo que me molesta es que se utilice el vocablo “cumplir”, puesto que es inductivo a error. Y ejemplos hay muchísimos.
El que se cumpla la norma es un hecho, puesto que la norma como tal existe, es real, es “cumplida” puesto que está vigente y su infracción es la que acarrea reproche, pero la norma siempre será la misma, es vigente, se “cumple”. Es una interpretación, por lo mismo el vocablo como tal y la interpretación de zetbas no debe ser considerada como una regla general, puesto que “cumplir” no necesariamente dice relación, ni mucho menos es equivalente a “respetar”.
Cito a zetbas (no porque sea él, sino para graficar el error y la insostenibilidad de la teoría a mi juicio).
[I]Lo anterior se explica por qué de la “Ley” se desprende una “Norma” que es autónoma y abstracta, esto lo explicaré con un ejemplo: El Código Penal ( que es una ley), en el art. 391 señala "el que mate a otro y no esté comprendido en el artículo anterior srá penado…, y de ello se desprende una norma que es la siguiente; NADIE DEBE MATAR, y [B]ese deber puede o no ser cumplido.[/B] De esto se concluye que el deber de no matar, no lo impone la ley, sino que la NORMA, y la ley se limita a disponer que si alguien mata a otro, será snacionado con tal pena, pero la ley no establece NO SE DEBE MATAR.
Es más, algunos autores como BINDING señalan que el delincuente que incurre en el tipo penal, no viola la ley, sino que más bien CUMPLE LA LEy, puesto que realiza la conducra que se describe en el tipo (mata otro, cumple con el tipo penal MATAR A OTRO).[/I]
Me quedo con lo destacado, es el DEBER el que puede respetarse o violarse, “cumplirse” si se quiere, pero no la ley, ni la norma, (pues ambas, ley y norma son continentes de una prescripción de conducta humana, no son más que plasmar el deber, no son el deber mismo, el deber puede cumplirse o no, pero la ley NO PUEDE INCUMPLIRSE), pero con características particulares, las que la hacen cumplirse siempre a mi juicio, es deicr, la ley es patente, la norma es según la teoría de zetbas algo más abstracta, pero que a pesar de ser suceptible de interpretación y algo más difusa en la misma. Está circunscrita a una interpretación común, que puede ser en el caso de, “nadie debe matar” en un “todos los obligados por la norma tienen prohibido matar”, la norma es en teoría el fondo, el sentido que se quiere transmitir, en cambio la literalidad de la ley es lo que nos interesa, y en el caso del artículo 391 del código penal es quién “cumple” el deber, o sea, quién ejecuta el tipo penal el que recibe la sanción.
Sinceramente, es algo más bien propio de la filosofía del derecho, no de otra naturaleza a mi juicio, pero me parece que no deben ser utilizados vocablos que induzcan a confusión.
Saludos.
Con el comentario anterior, me queda más claro el fondo del cuesationamiento sobre si la norma jurídica siempre se cumple o no.
Si entendi bien, el punto que cuestiona el usuario anterior es que la norma en si misma contiene un precepto de conducta determinado, que tiene una vigencia y existencia al margen del deber que se desprende de ella, así habría que distinguir: Norma y Deber.
Pues bien, según la postura que yo sostengo (que en realidad no es mía, sino de algunos penalistas extranjeros, a ´propósito de la “teoría del delito”), la norma no se puede entender como una noción distinta del “deber”, vale decir, esta teoría parte y confunde los conceptos de NORMA Y DEBER, puesto que la norma ya es una “abstracción” (no tiene contenido concreto, sino sólo un precepto de conducta, que “puede o no verificarse por los sujetos”. Lo que efectivamente, tiene una vigencia cierta, determinada, y concreta es la ley, de la cual, si se podría afirmar que siempre se da, y que tiene una existencia independiente del acatamiento y respeto de los sujetos respecto de la norma contenida en ella. Vale decir, la “norma” es un verdadero mandato general, que se deduce de un ambito que supera a lo jurídica (social, moral, cultural, religioso, filosófico, etc), y que puede o no verificarse, y cuando hay un interés social relevante la ley es la llamada a plasmarlo.
En definitiva, para la teoría que sucintamente expuse, la norma no constituye una nocio´n disitnto del “deber ser”, es el deber ser mismo, puesto que la norma es la pura abstracción, por lo tanto, esta teoría se explica a partir de dos estructuras solamente: Norma y Ley, no deber-norma-ley. No habiendo una identidad más abstracta que la norma misma. Pero el usuario DerechoUCEN va más alla de esta distinción y señala que hay que disitnguir la norma del “deber”, lo que constituye toda una innovación a la teoría que expuse.
Por otra parte, según entiendo, DerechoUCEN relaciona el concepto de “cumplir” una norma, con “vigencia y existencia de la misma”, desde esa perspectiva comprendo perfectamente su cuestionamiento, porque concuerdo con él que la norma y la ley, tienen uan existencia y vigencia independiente del acatamiento o vulneración de la misma. Sin embargo lo anterior, yo utilizo el vocablo “cumplir” con la acepción “ejecutar o llevar a efecto”, y desde esa acepción la norma no siempre se cumple, lo que no implica que no deje de tener vigencia o existencia.
Por lo tanto, la postura de que la norma no siempre se cumple, aparece totalmente aceptable desde mi perspectiva, en la medida que el vocablo cumplir se utilice en la primjera acepción a que me referí en el parrafo anterior, pero no si se le da la acepción de ejecutar o llevar a efecto.
[quote=“zetbas, post: 485613”]Con el comentario anterior, me queda más claro el fondo del cuesationamiento sobre si la norma jurídica siempre se cumple o no.
Si entendi bien, el punto que cuestiona el usuario anterior es que la norma en si misma contiene un precepto de conducta determinado, que tiene una vigencia y existencia al margen del deber que se desprende de ella, así habría que distinguir: Norma y Deber.
Pues bien, según la postura que yo sostengo (que en realidad no es mía, sino de algunos penalistas extranjeros, a ´propósito de la “teoría del delito”), la norma no se puede entender como una noción distinta del “deber”, vale decir, esta teoría parte y confunde los conceptos de NORMA Y DEBER, puesto que la norma ya es una “abstracción” (no tiene contenido concreto, sino sólo un precepto de conducta, que “puede o no verificarse por los sujetos”. Lo que efectivamente, tiene una vigencia cierta, determinada, y concreta es la ley, de la cual, si se podría afirmar que siempre se da, y que tiene una existencia independiente del acatamiento y respeto de los sujetos respecto de la norma contenida en ella. Vale decir, la “norma” es un verdadero mandato general, que se deduce de un ambito que supera a lo jurídica (social, moral, cultural, religioso, filosófico, etc), y que puede o no verificarse, y cuando hay un interés social relevante la ley es la llamada a plasmarlo.
En definitiva, para la teoría que sucintamente expuse, la norma no constituye una nocio´n disitnto del “deber ser”, es el deber ser mismo, puesto que la norma es la pura abstracción, por lo tanto, esta teoría se explica a partir de dos estructuras solamente: Norma y Ley, no deber-norma-ley. No habiendo una identidad más abstracta que la norma misma. Pero el usuario DerechoUCEN va más alla de esta distinción y señala que hay que disitnguir la norma del “deber”, lo que constituye toda una innovación a la teoría que expuse.
Por otra parte, según entiendo, DerechoUCEN relaciona el concepto de “cumplir” una norma, con “vigencia y existencia de la misma”, desde esa perspectiva comprendo perfectamente su cuestionamiento, porque concuerdo con él que la norma y la ley, tienen uan existencia y vigencia independiente del acatamiento o vulneración de la misma. Sin embargo lo anterior, yo utilizo el vocablo “cumplir” con la acepción “ejecutar o llevar a efecto”, y desde esa acepción la norma no siempre se cumple, lo que no implica que no deje de tener vigencia o existencia.
Por lo tanto, la postura de que la norma no siempre se cumple, aparece totalmente aceptable desde mi perspectiva, en la medida que el vocablo cumplir se utilice en la primjera acepción a que me referí en el parrafo anterior, pero no si se le da la acepción de ejecutar o llevar a efecto.[/QUOTE]
Estamos de acuerdo, el vocablo “cumplir” es lo que provoca una respuesta diametralmente opuesta a la hora de responder la pregunta que da origen a todo el tema. Ahora, lo interesante sería saber, ¿qué quiso decir el usuario que inició el tema?, o sea, si fue la interpretación de zetbas o la mia, dado que ambas son sustentables según la acepción que cada uno de al vocablo “cumplir”. Por lo mismo creo que ese vocablo no es apropiado para los efectos de plantear la pregunta.
Es verdad, desde mi punto de vista la norma se cumple siempre, pero entiendo que no se cumpla desde la visión de zetbas, es interesante, pero pareciera que estamos en trincheras diferentes todo el tiempo, jajaja.
Acepto el último párrafo del citado, por cuanto reconoce que se trata de su perspectiva, y claro, propongo mi interpretación atendida la amplitud del vocablo “cumplir”.
Saludos.
No he dicho que estes inventando…
Habla con la profesora Patricia Muñoz, ella hace clases de Intro en tu universidad.
[quote=“Lewrs, post: 485622”]No he dicho que estes inventando…
Habla con la profesora Patricia Muñoz, ella hace clases de Intro en tu universidad.[/QUOTE]
No solo introducción, también internacional privado, y no, lamentablemente ya no voy a la universidad, así que podría contactarla por email o en otra universidad, ella hace clases también en la UGM.
Pero, sería útil contactarla para algo relevante, no para cuestiones doctrinarias, o de interpretación simplemente, sin llegar a hacer doctrina.
Personalmente, no me siento tocado por sus comentarios, de hecho, en esta materia difícilmente alguno de nosotros podría decir que tiene la razón, puesto que el vocablo, “cumplir” es el que provoca el debate, al ser difuso su sentido y alcance en la pregunta.
Saludos.