Pasos a seguir en compra de una casa nueva

Después de tanto buscar encontré la casa que quiero, y que mejor que una construcción nueva sin hipoteca o deudas, pero quisiera saber en detalle que pasos seguir luego de elegir la propiedad, tal ves sus respuestas, ayuden a mucha gente ya que estuve buscando en la web y no encontré mucha información al respecto.

Primero que todo la propiedad que quiero adquirir es una casa nueva, como en un mes más esta esta terminada en su totalidad, pero el proyecto en si termina mas o menos en agosto según la constructora, por lo cual sé que debo reservar la propiedad ya que me interesa, y esto se hace a través de un contrato de compra/venta, donde se detalla, la fecha de entrega física de la vivienda con todas sus instalaciones que esten oK, además del valor total de la propiedad y del pie que se este dando, como es en un condominio creo que debo exigir el plano de la propiedad de la construcción y del espacio de esta (antejardin, estacionamiento y jardín), las reglas del condominio, los gastos comunes y no se que más.

Ahora la constructora dice que como el proyecto aún no termina, luego de celebrar el contrato de compra/venta y la propiedad este lista podemos perfectamente habitar la vivienda, pero la recepción final estará al termino del proyecto porque son varias casas (es la 2da etapa del condominio), eso quiere decir que la escritura de la propiedad no la podre hacer hasta que tenga la recepción final?? es legal esto?? independiente de si habitamos de antes la propiedad, es valido esperar hasta agosto para realizar la escritura, o esta se puede realizar antes, aun que no se tenga la recepción final?? ya que por lo que lei la escritura inscrita en el conservador de bns raíces recién me hace propietario del bien inmueble.

Que otra cosa debe ir estipulada en el contrato de compra venta? el monto del pie? me deben dar algún tipo de boleta o factura por este pie o basta con que aparezca en el contrato de compra y venta?? existe un monto minimo de pie legalmente?? la constructora pudiese pedir adelantos mientras termina la obra??

si lo desglosamos por pasos en este caso como sería??

como dato no se si tenga relación con mi consulta, la vivienda se comprara al contado, la propiedad esta en venta en UF, si celebro contrato de compra venta el valor de la propiedad queda en pesos o si queda en uf, si es en uf se respeta la uf del día de la firma del contrato? o cuando termine de pagar tendra otro valor la uf? es conveniente pagar la totalidad de la propiedad en el contrato de compra y venta??

gracias por su ayuda.

Respuesta: Pasos a seguir en compra de una casa nueva

Alejandro debes tener presente ciertas consideraciones:

1°.- Existen ciertas figuras legales involucradas; Contrato de promesa, que el código civil regula en su art. 1554, Compra en Verde que es una situación, que se regula por la ley 20007, y La ley de copropiedad inmobiliaria, la ley 19537.

2°.- Lo que tu celebraste con la inmobiliaria no es una compraventa, es un contrato de promesa de compraventa, osea es un contrato en que se promete celebrar en el futuro una compraventa. Existe imposibilidad actual para que la inmobiliaria celebre derechamente el contrato de compraventa, porque tiene que esperar la recepción de la obras por la por la dirección de obras de la municipalidad, inscribir en el conservador de bienes raíces, planos y el reglamento de copropiedad. Por ser una situación acogida a la ley de copropiedad inmobiliaria.

3°.- Dejando en claro que lo celebrado fue una promesa de compraventa, y que se regula en el Art. 1554 cc., esta promesa tiene requisitos especiales añadidos por esta ley 20007. La Ley exige a la inmobiliaria contratar un seguro o una póliza bancaria para asegurar el pago de lo que el comprador dio como concepto de pie. En definitiva para asegurar que se te devuelva el dinero en caso de que no se celebre la compraventa. Además Una cuenta de ahorro o depósito a plazo a favor del vendedor y que se le entrega una vez que la propiedad se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del comprador. Quiero dejar en claro que lo que cubre la póliza es el dinero pagado por concepto de pie a la constructora o inmobiliaria, pero no lo que exista en esa cuenta por concepto de ahorro.

4°.- Es frecuente que en este tipo de contrato se estipulen “indemnizaciones” en caso de incumplimiento: legalmente son cláusulas penales, Art. 1535 y siguiente cc. Ojo revisar los términos de la redacción, porque en ciertos casos se establecen en interés de una sola de las partes y no de ambas.

5°.- el contrato de promesa en el Art. 1554 exige que se fije un plazo o condición dentro del cual deba fijarse el contrato prometido, en este caso la compraventa. Ojo también con la redacción de esa cláusula porque lo que frecuentemente se hace es fijar un plazo aparentemente corto pero subordinado a circunstancias externas a la actividad de las partes, por ej. en el plazo de 60 días de recepcionadas las obras por la municipalidad se otorgará el contrato prometido. Lo que puede durar 1, 2, 5 años.

6°.- A propósito de la uf, a que tiempo atender para determinar su monto. Hay que atender a la redacción del contrato porque si no es reajustable se atiende a la fecha de celebración del contrato.