Pensión alimenticia

Hola, acudo a ustedes para preguntar que posibilidades tengo de ganar una demanda de pensión de alimentos contra mi papá.
Los contextualizo un poco. Actualmente vivo con mis viejos, pero por problemas mayores tendré que irme de mi casa. Ellos no están separados. Por lo que tengo entendido la pensión de alimentos y el pago de estudios hasta los 28 años es sólo para hijos de padres separados. ¿Alguien puede aclarar mi duda? ¿Podré demandar o no?

Espero alguna respuesta.

Saludos!!
D.

Respuesta: Pensión alimenticia

Yo tenia entendido que era hasta los 28 si es que el hijo seguia estudiando, eso del requisito de ser hijo de padres separados no lo tengo a mi entender :S

Respuesta: Pensión alimenticia

Claro que puedes demandar alimentos, nuestro código civil lo permite art. 321 y siguientes. Se deben alimentos a los hijos hasta los 21 años (si no están estudiando) y si efectivamente están estudiando una profesión u oficio en alguna entidad de educación superior se extienden hasta los 28 años (art. 332 CC). La ley en ningún caso hace distinción entre hijos de padres separados o de padres no separados y dónde el legislador no distingue, no cabe al interprete distinguir. Saludos.