Reconocimiento hijo adulto

Saludos…a ver si alguien me orienta cómo o donde hacer esto.

Mis Padres son adultos mayores, cercanos a los 80 años…ambos en pleno uso de sus facultades mentales.

El mayor de mis hermanos es medio hermano, por parte de mi padre, los otros tres hermanos somos hijos de mismo padre y madre. Los tres reconocemos como hermano igual a nuestro hermano mayor.

ël no ha tenido relación alguna con su madre biológica desde los 5 años de edad y también considera como su madre a nuestra madre.

Nuestra madre quiere reconocerlo legalmente o darle su apellido antes de morir, en lo cual estamos todos de acuerdo.

¿qué debe hacer?..no tenemos antecedentes del paradero o estado de la madre biológica…¿qué tramite es el que se debe realizar?

Les agradeceré la orientación.

Respuesta: Reconocimiento hijo adulto

Si la filiación materna de ese hermano tuyo no está deteminada, lo que tiene que hacer tu madre es simplemente reconocerlo como hijo, ello en una declaración hecha en el Registro Civil (existen otras formas, pero aquélla es la más simple).

Respuesta: Reconocimiento hijo adulto

te agradezco la respuesta.

En este caso, no conocemos el estado de filiación con la madre biológica…de estar efectivamente reconocido por ella, de igual manera basta que mi madre haga ese trámite en el registro civil?

Respuesta: Reconocimiento hijo adulto

[quote=“Ranthon, post: 560532”]te agradezco la respuesta.

En este caso, no conocemos el estado de filiación con la madre biológica…de estar efectivamente reconocido por ella, de igual manera basta que mi madre haga ese trámite en el registro civil?[/QUOTE]

No. Si ya fue reconocido por su madre biológica, no puede ser reconocido por otra persona. No se puede reconoce lo ya reconocido.

Aún así, existen algunas altenativas. Una es repudiar el reconocimiento, pero lo malo de ello, en tu caso, es que está sometido a plazos muy breves (en general, de un año, contado desde que, alcanzada la mayoría de edad, se tuvo conocimiento del reconocimiento). Se puede inferir de tu caso, que tu medio hermano es mayor de edad, y además, conoció hace bastante tiempo el reconocimiento de su madre biológica.

Otra alternativa es que tu madre demande a la madre biológica por medio de una institucón que se suele denominar como “reclamación del estado civil” o “posesión notoria de la calidad de hijo”, que, en palabras simples, quiere decir que, por un plazo deteminado (mínimo 5 años), tu madre trató tu hermano como su hijo.

Lo interesante de esta institución, es que si tu madre logra acreditar la posesión del estado de hijo, aunque la madre biológica pruebe por medio de las pruebas biológicas(Adn, fundamentalmente) que es su madre, tu hermano pasaría a tener nueva filiación con tu madre.

Para todo lo anterior necesitas abogado.

Suerte.