Hola, mi mamá contrató una tarjeta de crédito en la casa comercial HITES, y al momento de firmar el contrato, le exigieron que firmara además 2 seguros distintos, uno de degravamen y otro que se llama “CUENTA PROTEGIDA FULL HTES”, que es un seguro de desempleo e incapacidad temporal; este contrato dice relación con una solicitud de seguro, sin embargo la ejecutiva que la atendió le dijo que era obligatorio y requisoito para poder obtener la tarjeta. Además, el mismo contrato dice que el seguro es renunciable por los próximos 5 días sin emitir causal alguna.
Ahora, mi pregunta es la siguiente: ¿Son obligatorios realmente estos seguros? ¿Qué legislación puedo invocar para pedri la renuncia del mismo certeramente en caso que la ejecutiva no me lo permitiera?
Por fis! Agradecería una respuesta lo antes posible, porque ya mañana es feriado y quiero renunciar a ese seguro.