Estimados.
Para una asignatura en la Universidad debemos realizar un debate acerca si que las personas discapacitadas pueden ser Jueces.
Actualmente en el sistema judicial chileno, personas sordas, mudas o ciegas no pueden desempeñar este cargo.
¿Algun argumento que quieran mencionar?.
De antemano, Gracias.
Respuesta: Ser Juez?
hace la tarea vos pos wn? ¿quieres que te hagamos la cama también?.
respondiendo creo que una persona discapacitada puede ser juez no hay que ser super heroe para serlo.
Respuesta: Ser Juez?
si bien creo que el comentario anterior fue demasiado duro, tiene algo de razón, si todos los estudiantes postiaran sus tareas este foro seria un caos y fomentaria la bajeza intelectual,
aun así encuentro un tema decente de debata, primero que nada tienes que definir lo que entiendes por “Juez” en chile en los tribunales y diversos actores en el medio tienen jerarquía distinta, primero partamos por el hecho de que en chile en el poder judicial, hay jueces, ministros de cortes de apelaciones, ministros de la corte suprema, ministros del tribunal constitucional, abogados integrantes(estos ni si quiera muchas veces pasan por la formulación de la academia judicial) y relatores… y etc mas actores, por que como haz de saber las resoluciones son tomadas en tribunales de mayor jerarquía por votación de sus miembros, y luego se redactan los fallos, mientras que en una jerarquía baja como un juzgado de policía local,(no directamente subordinado al poder judicial) lo toma un solo juez por lo general,
además tenemos que denominar a otros actores externos en si a los tribunales de justicia, como actores en superintendencia de bancos, seguros, y otros que muchas veces son solo abogados con experiencia y algún postgrado en alguna materia, también tenemos y jueces árbitros que trabajan de manera privada y otros municionarías que seguiría nombrando eternamente, incluso un arbitro de fútbol podría ser denominado juez bajo algunos preceptos
bueno en cualquier caso para investigar en esta materia habría que revisar en la Ley Orgánica de tribunales, en los códigos de procedimiento Civil, Penal y en algunos autos concordados de la corte suprema para ver, mas en teoría cualquier licenciado en ciencias jurídica y sociales estaría habilitado para bajo el precepto su estudio de las ciencias jurídicas podría discernir en basa a causas de diversa índole
ahora si vemos a los jueces desde el punto de vista del ordenamiento jurídico el. Art. 256. del Codigo Organico de tribunales lo establece bastante claro
No pueden ser jueces:
1° Los que se hallaren en interdicción por causa
de demencia o prodigalidad;
[B] 2° Los sordos;
3° Los mudos;
4° Los ciegos;[/B]
5º Los que de conformidad a la ley procesal penal,
se hallaren acusados por crimen o simple delito o
estuvieren acogidos a la suspensión condicional del
procedimiento.
6° Los que hubieren sido condenados por crimen o
simple delito.
Esta incapacidad no comprende a los condenados por
delito contra la seguridad interior del Estado;
7° Los fallidos, a menos que hayan sido
rehabilitados en conformidad a la ley, y
8° Los que hayan recibido órdenes eclesiásticas mayores
Respuesta: Ser Juez?
Pero así no se vale po, la gracia era que investigáramos nosotros xDDD!!!