La siguiente consulta es…
Cuando se pide el monto para cubrir el arancel de una carrera y queda un sobrante, dicha deferencia se puede cobrar? Cobrar como excedente? Un ejemplo
Uno estudia una carrera de Ingeniería de Ejecución el cual su arancel es de $2.500.000 y tu pides $2.700.000 el cual quedará $200.000 de excedentes, esa diferencia se puede cobrar? Al final de todo es dinero tuyo porque uno se está endeudando, si es así donde se debe cobrar? En la Universidad o en el banco donde firmaste?