Tengo una duda sobre el casamiento

chicos:
soy yo nuevamente.
tengo una duda con respecto al casamiento, y tambien con comprar una casa.
si yo me caso en este momento, y mi futuro marido quiere comprar casa,
yo automaticamente paso a complementar renta con el ¿o no?
esto es algo opcional al momento de comprar la casa?
es mejor comprar casa estando casado o estando soltero?
cual de esta es la mejor opcion y cuales son los beneficios?
es verdad que si no estamos casados y complementamos renta, el pondria el 80% de su renta y yo el 20% de la mia? en cambio si estamos casados seria 50 y 50?

por fa respondan luego
adios.

gr:angel:acias

a mi no me han pasado matrimonio aún en Derecho Civil

pero mi instinto me indica que la propiedad de la casa va a ser de acuerdo al régimen de como se contrajo el matrimonio si fue por separación de bienes o por sociedad conyugal en el último caso también tengo entendido que al contraer matrimonio por sociedad conyugal que la casa de igual manera es tuya pero si quieres salir de una duda lee el art 150 del Código Civil o que alguno de los foristas de cursos más avanzado haga una aclaración pertinente pero con lo que dije puedo decir que por ahi va la cosa xD

igual espera que alguien de un curso superior haga la aclaración ya que yo recién voy en primer año

saludos

tal como dice playero depende del regimen…

en todo caso, si optas por el patrimonio reservado de la mujer te olvidas de las recompensas de la liquidacion de la sociedad conyugal…

Ni siquiera el estar casados en el régimen de sociedad conyugal significa que absolutamente que se complemente renta para efectos de un cédito hipotecario por ejemplo. Muchas inmobiliarias y bancos consideran esa posibilidad “de ser necesario”.

Un consejo que siempre suele darse, pero no sé si sea muy bueno a la larga, es que si la idea es obtener un subsidio habitacional, (cualquiera que éste sea), es conveniente hacerlo mientras se es soltero, (declarando en la encuesta conducente a la obtención de ficha de protección social, el que se convive), dado que si se casan ésta posibilidad se reduce a la “mitad”, (digo “mitad” porque sería solo un subsidio el que podrían llegar a obtener y considerando que antes serían 2, es el 50% del eventual beneficio).

Saludos.

:)interesante ah… sólo leyendo por acá
no toy capacitada pa responder la pregunta,
pero opino iwal :smiley: jaja
saludos a todos…

sigo cn mi trabajillo de derecho civil…

Un tema bastante entretenido, tiene que ver con el regimen matrimonial, ahora eso de la com plementacion de renta, efectivamente si contraes matrimonio bajo el regimen de sociedad conyugal , sin duda que debes complementar, y si uno de ustedes tiene problemas en el boletin comercial , tendran algunos problemas para este credito hipotecario, ahora si lo haces bajo el regimen de reparticion de gananciales , tb , ( es un regimen mas comercial)ahora si lo haces bajo el regimen de separacion de Bienes , sera opcional complementar renta es una situacion que veras con tu ejecutivo del banco. en cuanto a la protecion de tu patrimonio ya es otra cosa , existen algunas normas favorecen a la mujer en la compra de un Bn Rz estando casada, independientemente del regimen matrimpnial, estudia la ley 19947. ahora eso de la complementacion del 80% y 20% es algo que manejaras con la entidad que otorgara el credito hipotecario.
saludos.
David

uta volvio este wn

[quote=“el pirilacha, post: 497293”][B]tengo una duda sobre [B]el [/B]casamiento [/B]

si tienes dudas… no te cases, puede que tu matrimonio no funcione.

saludos[/QUOTE]

no dijo “MI”

besines!!

Respuesta: tengo una duda sobre el casamiento

Tienes el medio enredo, uno complementar renta es solo una practica bancaria, que le permite a las personas optar por casas mas caras, esto no tiene nada que ver con los derechos de una propiedad, ahora si te casas en sociedad conyugal te corresponderá la mitad de los bienes sociales, si te casas con separación de bienes o patrimonio reservado ni por el hecho que complementes un 80% con tu renta te corresponderá nada, mientras tu esposo no muera.

Me debes un UF o una Chela.

SI no pagas te demandare