Hola necesito de su ayuda, soy una mujer de 30 años profesional y con un hijo de 1 año. Requiero asesoría, pues deseo hacerme cargo de una niña de 2 años, ella es mi prima y tanto su mamá como su papá (mi tío) son alcohólicos y drogadictos. Esta pequeña estuvo hace un tiempo en un hogar del Sename, pero de este hogar la entregaron al cuidado de su abuela materna, esta señora la cuido un par de semanas y se la devolvió a sus papás. La niña vive en pésimas condiciones, presenta un grado de desnutrición y además está expuesta a que le suceda algún tipo de abuso sexual, puesto que ambos padres pierden la noción del tiempo y la niña queda al cuidado de sus amigos, personas que poseen los mismos vicios y malas costumbres.
Lamentablemente no sé qué tramites legales debo seguir, es probable que la mamá de la pequeña quiera cederla para que yo la cuide, pero no estoy dispuesta a que ella me la arrebate en un momento de borrachera.
Por favor, si alguien pudiese asesorarme le estaría eternamente agradecida.
Respuesta: Tuición de una niña que no es mi hija
claramente es tribunal de familia, si es que esta la voluntad de la madre y el padre de entregar a la menos en forma voluntaria te ahorrarias miles de tramites y un juicio sobre la menor. Tu tambien tienes que tener la condicion socioeconomica para poder mantener a otro menos de edad ya que tu tienes a uno de 1 año.
hace las consultas correspondientes en el tribunal de familia.
chao
Respuesta: Tuición de una niña que no es mi hija
Me permito hace una consideración a la respuesta anterior, al menos desde el punto de vista del texto de la ley.
Si bien es cierto que la ley permite que, por medio de los instrumentos que señala, la madre entregue el cuidado personal al padre (y puede entenderse, en mi opinión, que también puede darse el caso de que sea el padre quien lo entregue a la madre), la ley -de forma expresa al menos- nada dice respecto de la posibilidad que se entregue, al menos por vía extrajudicial, el cuidado personal a otras personas distintas del padre o la madre.
Aún así, el artículo 237 del CC, da a entender que esa situación sería posible, cuando indica “…el derecho que por el artículo anterior se concede a los padres, cesará respeto de los hijos cuyo cuidado haya [U][B]sido confiado a otra persona[/B][/U]…”, mas, también, puede entenderse que la norma se refiere al cuidado que se confía por medio de una resolución judicial, y no por medio de la voluntad de los padres.
Como sea, en cuanto a la pregunta, y antes de responder, me queda una duda (que puede ser trascedente para efectos de fondo y de forma): la autora del tema señala que el Sename entregó la menor a la abuela…¿la entregó en virtud de una resolución judicial? Y si es así, luego la autora del tema señala que la abuela [I]devolvió [/I]a la menor a sus padres, ¿La [I]devolvió [/I]en razón de esa sentencia, o en virtud de una situación de hecho solamente?.
Lo anterior es relevante, pues si la abuela tiene el cuidado personal de la menor en virtud de una sentencia judicial, la demanda debe dirigirse contra ella, y cuando ella esté faltando a los deberes que tiene toda persona que goza del cuidado personal de un menor. Por el contrario, si la entrega de la menor a la abuela fuera meramente una cuestión fáctica, entonces los demandados deben ser los padres, pues ellos son sus representantes legales.
Ahora, tu demanda sí tendría sustento en este último caso, pues los padres están, según dices, en el alcoholismo, y precisamente esa es una causa de inhabilidad física o psíquica de la que habla el C.C. y la Ley de Menores (aún vigente en algunas cosas, lo que olvidan algunos abogados).
Te recomiendo acudir a un abogado.
Respuesta: Tuición de una niña que no es mi hija
Además de lo anterior, y coincidiendo con lo expuesto por el mismo post, ¿nos podría aclarar si hubo un juicio relativo al cuidado personal del/la menor?. Si es así, deme el número de RIT de la causa por MP, así podré orientarla un poco mejor.
Otra cosa, se puede manifestar la voluntad de otorgar el cuidado personal a un tercero, (generalmente familiar), de un menoro a través de una escritura pública, pues es básicamente manifestar una intención y personalmente he visto dichas escrituras.
Saludos.
Respuesta: Tuición de una niña que no es mi hija
Hola gracias por el post
Hace una semana fui al tribunal de familia a interponer una demanda de protección para la menor el rit de esa causa es P-38-2010. El día 15 de enero debo ir nuevamente.
El rit anterior (cuando la niña fue entregada a la abuela materna) es P-617-09.
La magistrado dijo que paralelamente debo iniciar un juicio para obtener el cuidado personal de la menor.
Agradecería mucho su orientación
Respuesta: Tuición de una niña que no es mi hija
[quote=“yayecita, post: 550566”]Hola gracias por el post
Hace una semana fui al tribunal de familia a interponer una demanda de protección para la menor el rit de esa causa es P-38-2010. El día 15 de enero debo ir nuevamente.
El rit anterior (cuando la niña fue entregada a la abuela materna) es P-617-09.
La magistrado dijo que paralelamente debo iniciar un juicio para obtener el cuidado personal de la menor.
Agradecería mucho su orientación[/QUOTE]
¿De qué tribunal?