Hola Samu
En resumidas cuentas lo que debes hacer es, primero que todo, asesorarte por un abogado, para que éste, una vez que haya conocido los detalles de tu problema, pueda con propiedad adoptar las medidas que sean necesarias y convenientes para la solución del conflicto.
Por otro lado, y según lo que he podido leer, a mi juicio lo que se debería hacer en este caso, es primero tratar de solucionar este conflicto por una vía ajena a la judicial medianta la búsqueda de acuerdos entre las partes. Esa es, según mi opinión, la mejor solución a tu problema, por cuanto iniciar un juicio sobre esta materia en particular, puede tomarte unos buenos años antes de que se dicte una sentencia definitiva.
Ahora, si lo anterior no fuese posible, es decir, estamos ante la imposibilidad de un acuerdo o bien, el acuerdo no te satisface del todo, tendrás que necesariamente evalúa la posibilidad de utilizar la vía judicial propiamente tal de solución de conflictos.
Ante esa posibilidad, según mi opinión, para este caso en concreto se debería pedir ante el tribunal competente, la “resolución o terminación del contrato de arrendamiento más indemnización de los perjuicios”, establecido en el Art. 1489 del Código Civil (Condición Resolutoria Tácita). Esto se produce, porque al incumplir el arrendatario su obligación de pagar la renta en la fecha acordada, la ley te faculta para que puedes pedir que se declare la resolución del contrato y que además, se te cancele la renta adeudada por el arrendatario moroso, mas sus respectivos intereses, y en general, se responda por parte del arrendatario, de los perjuicios que se han provocado y que has tenido que soportar a raíz de dicho incumplimiento contractual.
Otra cosa importante de aclararte es que, y tal como dice Lore I, el Contrato de Arrendamiento es de aquellos que se denominan, Consensuales. Esto quiere decir que el contrato se perfecciona (es decir, tendrá existencia jurídica) por el sólo acuerdo de voluntades entre las partes contratantes, por lo tanto, no es necesario para que adquiera validez o existencia jurídica, que el contrato se materialice por escrito. La escrituración del contrato de arrendamiento tiene un fin más bien probatorio, puesto que en él se establecen los términos del contrato mismo, lo que puede ser beneficioso a la hora de rendir prueba en un juicio.
Eso es, lo que por ahora puedo decirte. Espero que haya sido lo suficientemente claro en mi explicación.
Y por último, recuerda siempre junto a tu abogado, analizar la mejor alternativa para solucionar tu problema, puesto que la vía judicial no siempre es la mejor.
Suerte.
Adiós.