Una Consulta sobre embargos

Hola Bueno soy nuevo en el foro y me gustaría que me aconsejaran.

resulta que me inscribi en el preuniversitario cepech a principio del 2008 y en ese instante estaba haciendo la practica de contabilidad…

Mi madre firmo el contrato con el cepech a 11cuotas de 59.980 pero en realidad era yo el que los va pagando resulta que la empresa que termine mi practica finalmente quebro y quede sin trabajo y mi madreo no trabaja por que tiene asma muy grave que le es imposible trabajar y yo pude pagar el cepech hasta Junio ya que quede sin pega y no tengo apoyo economico de mi familia, ahora la cuestion es que me llego una carta diciendo que me estan haciendo la cobranza ejecutiva y que me pueden embargar los bienes yo el cepech fui un mes nomas ya que tube problemas familiares y otros… entiendo que ese contrato no se puede renunciar sin el consentimiento del cepech y no lo haran.

es realmente efectivo que pueden embargar los bienes de mi casa.

que me aconsejarian…

claro esta que he pagado mas de lo que he consumido y se que es mi obligacion responder por mis actos pero ahora estoy desesperado y pienso que si es efectivo el embargo pues no me quedaria otra que irme de la casa con los bienes, es casa la estamos arrendando. ojalas me puedan ayudar.

las cuotas empezaban el 29 febrero hasta dic
y mi asistencia en el cepech fue hasta abril y llevo pagado hasta junio.

Bueno, gracias por adelantado.

mmm, si es posible que te puedas ir a la brevedad hazlo, te evitas mas problemas, eso si antes de la traba de embargo.

sino tienes que probar que los muebles que estan en esa casa (descontando los inembargables) no pertenecen a quien contrajo la obligacion. para eso es necesario inerponer las tercerias.

o lo otro es llegar a un acuerdo de pago.

gracias

[quote=“MAULINO, post: 503362”]mmm, si es posible que te puedas ir a la brevedad hazlo, te evitas mas problemas, eso si antes de la traba de embargo.

sino tienes que probar que los muebles que estan en esa casa (descontando los inembargables) no pertenecen a quien contrajo la obligacion. para eso es necesario inerponer las tercerias.

o lo otro es llegar a un acuerdo de pago.[/QUOTE]

Recuerda lo relativo a tercerías, además, quién contrajo la obligación es quién suscribe el instrumento con mérito ejecutivo que da origen al juicio (ejecutivo). Por ende, si el interesado es quién suscribió el contrato y a la vez documentó el pago, es él quién debe “huir”, en otro caso es necesario analizar, si alguno se constituyó como solidariamente responsable o si el liberador del instrumento de pago con mérito ejecutivo es el mismo que celebró el contrato en términos materiales, (suelen confundirse las cosas).

El post de MAULINO es apropiado a la pregunta, pero ante mi desconocimiento a propósito de como es la forma de los contratos de esa institución de educación pre-universitaria, me surgen dudas de forma.

Saludos.

En ralidad me llego una carta ejecutiva de embargo…
la cual dice que cepechy la empresa financiera sede a un abogado los derecho para hacer efectivo el pago por medio de embargos…

[quote=“Nicokarpov, post: 503381”]En ralidad me llego una carta ejecutiva de embargo…
la cual dice que cepechy la empresa financiera sede a un abogado los derecho para hacer efectivo el pago por medio de embargos…[/QUOTE]

Entonces aún están en una etapa preliminar, “cobranza administrativa”, vulgarmente amenazas.

Te recomiendo contactarte con el acreedor, renegociar, ver la forma de cancelar la deuda, por algún medio que no involucre el pago del total adeudado o absoluto.

Saludos.

DerechoUCEN:

Se te agradece por haber prestado atención a mi problema, gracias… igualmente a MAULINO:B

[quote=“Nicokarpov, post: 503355”]Hola Bueno soy nuevo en el foro y me gustaría que me aconsejaran.

resulta que me inscribi en el preuniversitario cepech a principio del 2008 y en ese instante estaba haciendo la practica de contabilidad…

Mi madre firmo el contrato con el cepech a 11cuotas de 59.980 pero en realidad era yo el que los va pagando resulta que la empresa que termine mi practica finalmente quebro y quede sin trabajo y mi madreo no trabaja por que tiene asma muy grave que le es imposible trabajar y yo pude pagar el cepech hasta Junio ya que quede sin pega y no tengo apoyo economico de mi familia, ahora la cuestion es que me llego una carta diciendo que me estan haciendo la cobranza ejecutiva y que me pueden embargar los bienes yo el cepech fui un mes nomas ya que tube problemas familiares y otros… entiendo que ese contrato no se puede renunciar sin el consentimiento del cepech y no lo haran.

es realmente efectivo que pueden embargar los bienes de mi casa.

que me aconsejarian…

claro esta que he pagado mas de lo que he consumido y se que es mi obligacion responder por mis actos pero ahora estoy desesperado y pienso que si es efectivo el embargo pues no me quedaria otra que irme de la casa con los bienes, es casa la estamos arrendando. ojalas me puedan ayudar.

las cuotas empezaban el 29 febrero hasta dic
y mi asistencia en el cepech fue hasta abril y llevo pagado hasta junio.

Bueno, gracias por adelantado.[/QUOTE]

Hola:

Basándome en los datos que señalas, es difícil dar una respuesta realmente cierta del problema, aunque es de suponer que, conjuntamente con el contrato que indicas, se suscribieron títulos de crédito (pagarés o letras de cambio), firmadas ante notario (a menos que el contrato con el Cepech se haya suscrito por medio de Escritura Pública, lo que no creo, ¬¬) y es respecto de esos títulos de crédito que te cobran.

Si ese es el escenario, pues de poder iniciar un procedimiento ejecutivo (de embargo), pues pueden, ahora de que llegue a buen puerto es otra cosa.

Si no es ese el caso, entonces puedes respirar ligeramente más tranquilo, aunque igualmente pueden preparar el título ejecutivo.

Según indicas es tu padre el obligado y es a él a quien demandarán (a menos que tú también te hayas obligado como avalista y/o codeudor solidario).

Bueno, si ese es el escenario, entonces el consejo escasamente jurídico (pero enormemente práctico y útil) de llevar bienes a otro lado, es totalmente válido, más aún si las cobranzas son cada vez más seguidas.

Como sea, ten en cuenta que la Ley del Consumidor, en su artículo 37, prohíbe toda cobranza extrajudicial que aparente ser escritos o demandas judiciales y, además, todo llamado telefónico que altere la paz del hogar o que sea en horas y días inhábiles. Si eso ocurre, acude al Sernac para iniciar las gestiones necesarias.

Suerte.

Respuesta: Una Consulta sobre embargos

HOLA ME SUCEDIO AL MISMA SITUACION CON EL MISMO PREUNIVERSITARIO … PERO AMI DESPUES DE 4 MESES SIN PAGAR ME HAN MANDADO UNA CARTA DE JUCIO … NI SIQUIERA PREJUDICIAL DE JUICIO CON UN JUZGADO DE GARANTIA CON ROL DE JUICIO Y TODO …

NECESITO AYUDA ESO ES POSIBLE ??? K PUEDO HACER ???