[QUOTE=Mar]Hola:
Sé que estamos en vacaciones y todo lo demás, pero necesito saber un par de cosas sobre el código del trabajo que no entiendo y es muy largo de revisar.
Si un trabajador no asiste a su trabajo por razones no justificadas y su empleador le hace el finiquito ¿Se le pagan igual las vacaiones proporcionales? ¿que tipo de pagos son los que no se hacen si es que el trabajador renuncia sin aviso previo o no asiste a su trabajo ?
Eso es todo, gracias de antemano.
Ciao[/QUOTE]
ojo que tienes que difrerenciar renuncia e incumlimiento del contrato…
debes tener claro, cuantos dias falto durante el mes, y que dias falto…
las vacaciones se deben pagar.
dependiendo de la causal a aplicar para poner fin al contrato de trabajo, se determinara si el empleador debio o no pagar as indemnizaciones correspndientes… es decir, si existrira o no un recaçrgo porcentual, si es que no puede probar la causal, en juicio…
antes de despedir, fijarse en el pago de las cotizaciones, las cuales deben estar al dia, porque sino se podria aplicar la ley bustos…