Velocidad minima garantizada

Por 87 votos a favor, la Sala aprobó una iniciativa que obliga a los proveedores de Internet a publicar una velocidad mínima garantizada.

El proyecto, enviado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, nació a partir de dos mociones que modifican la ley de protección al consumidor.

El texto dispone que en los servicios de conexión a Internet, se entenderá por “banda ancha” el uso de redes que tienen la facultad de establecer comunicaciones bidireccionales a muy alta velocidad, que permitan transmitir video, audio y datos prácticamente en tiempo real.

Agrega la norma aprobada que las velocidades entregadas por los proveedores como servicios de “banda ancha” no podrán ser inferiores al límite menor establecido por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para este tipo de conexiones.

Sólo el 5 % cumple

De acuerdo a los autores de este proyecto, sólo el 5% de las actuales conexiones a banda ancha en nuestro país cumplirían con los estándares internacionales, mientras que los precios cobrados son superiores a los de otros países con mayor velocidad de conexión.

Según el texto, en Chile se venden y se entienden como conexiones a banda ancha aquellas a partir de los 128 Kilobits por segundo Kbps, mientras la UIT la define como “una capacidad de transmisión más rápida que la velocidad primaria de la red digital de servicios integrados (RDSI), a 1,5 o 2,0 megabits por segundo (Mbits)”.

Velocidad Mínima garantizada

En segundo lugar, la iniciativa establece que las empresas proveedoras de acceso a Internet deberán indicar en toda publicidad en que se haga referencia a la velocidad del plan ofrecido, la “velocidad mínima garantizada”, la que se deberá poder suministrar en cualquier momento y bajo cualquier condición del abonado.

Al respecto, se precisa que en Chile no existe una norma clara, completa y actualizada que establezca indicadores de calidad del servicio de acceso a Internet.

Entre estos indicadores, figura la velocidad de acceso y navegación en la red que ofrecen los distintos proveedores. Actualmente, se publicita la “velocidad máxima de acceso”, que refleja el potencial que en condiciones perfectas puede obtener un usuario. Sin embargo, no se toma en cuenta el número de personas suscritas a esa misma velocidad de acceso, la que debe “repartirse” entre los usuarios.

Horarios de congestión

De hecho, la moción expresa que “en los horarios de mayor congestión de la red las empresas proveedoras de Internet sólo entregan un 10% a 20% de la velocidad efectivamente contratada pro el usuario”.

El proyecto corresponde a dos mociones refundidas. La primera de ellas, de los diputados Gonzalo Arenas, Rodrigo Álvarez, Javier Hernández, Patricio Melero, Manuel Rojas, Claudio Alvarado, Marcelo forni, Juan Lobos, Carlos Recondo y Gonzalo Uriarte.

La segunda fue presentada por los diputados Arenas, Forni, Rojas, Uriarte, Hernández, Claudia Nogueira, Sergio Correa, Enrique Estay y Felipe Ward.

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wow peor qu ebien

sie stos culiaos son uy re maricones

yo tube millon de ataos proque ten ia una wea de 200 pero la wea a veces bajaba hasta 50 o menso

me gusto me gusto