desde el 1 de enero comenzo a regir la nueva jornada laboral que disminuye de 48 a 45 horas la jornada laboral de los chilenos
en cuanto a los que tienen contrato por mas de 45 horas semanales estas deben ser reajustadas
En cuanto a la jornada diaria de 10 horas de trabajo, establecida en el inciso 2º del artículo 22º, del Código del Trabajo, ésta no sufre variación alguna. Asimismo, tampoco varía la disposición legal del artículo 28º, que indica que la jornada ordinaria de trabajo no puede distribuirse en más de seis ni en menos de 5 días.
La reducción de la jornada ordinaria máxima a 45 horas semanales no altera las normas sobre descanso diario y semanal previstas en los artículos 34º, 36º y 38º del Código del Trabajo.
Dicha reduccion debe hacerse en el contrato con comun acuerdo y haciendo hincapie a mejorar las condiciones de higiene seguridad y descanso correspondientes a cada turno.
todo esto en pro de la calidad de vida de los trabajadores los que tendran mas tiempo para compartir con la familia y a su vez las condiciones en las que trabajan se veran afectadas positivamente
[B]creen que este cambio se verá en la practica positivamente y que servirá para mejorar la calidad de de vida de todos los chilenos???[/B]