Brainstorming

cuando había chat nadie entraba en él…

lo de lso colores no tiene porqué chacrear el sitio… no significa MÁS colores, sino un cambio en la apariencia, nada más.

El chat no funcionó, y no creo que vaya a funcionar si lo ponen de nuevo…
Lo de los apuntes, lo apoyo… aunque Mononita podría aclararnos bien ese punto del derecho de autor para saber qué se podría subir y qué no…
Lo de imagenes en las firmas, completamente de acuerdo, con un límite que no haga problemas…

Sumo la idea del redimensionado automático de imágenes, sobre todo en los avatares (privilegio que existe en OTROS foros :rolleyes: ) ya que lo considero bastante útil, porque es una real lata estar bajandole el tamaño a las imágenes cada vez que uno quiere subirlas… no se si sea viable, pero sería excelentirijillo :smiley:

apoyo lo de más colores en la pagina (no significa chacra, sino más colorido), mas emoticones (ahora, si uno pudiera tener unos 2 o 3 extras, propios, como en messenger, genial). Ah, y podria haber tb un reglamento de Faculty, que la gente nueva tenga que leer como primer paso antes de escribirse, parecido al de xem

más emoticones… la estructura está genial… posibilidad de subir archivos más grandes… una suerte de biblioteca o rincon del vago… eso por ahor, ME VOY A KLASES

apunteeeeeeees!!! seria tupendo… y mas colores (pa q se vea mas bonito no ma po)

Apoyo lo de los apuntes y…

[QUOTE=Arwyn]
[B]y faculty por la cresta eso de limitar los malditos emoticon a 4 TE LIMITA EL EXPRESAR LAS EMOCIONES DRAMATICAMENTE EN MOMENTOS COMO ESTE!!![/B]

sorry pero teno pena y rabia y me faltan palabras y monos para expresarla[/QUOTE]

extracto de mi sugerencia en un momento de mucha tristeza (asesinato de mi gatita… :frowning: )

uix… me dio penita de nueo :frowning:

perros de mierd!!! :mad:

reglamento

[QUOTE=tecnouchile]apoyo lo de más colores en la pagina (no significa chacra, sino más colorido), mas emoticones (ahora, si uno pudiera tener unos 2 o 3 extras, propios, como en messenger, genial). Ah, y podria haber tb un reglamento de Faculty, que la gente nueva tenga que leer como primer paso antes de escribirse, parecido al de xem[/QUOTE]
ese reglamento existe, el de XEM es basado en el de Faculty!

!!! Que Vuelva "el Rival Menos Debil " (o Como Se Llamaba) ¡¡¡¡¡¡

Aparte de las ideas ya mencionadas, reslatando la de los emoticones, firmas y avatares, por un asunto de comodidad…en la pag principal de faculty, en vez de que salga el listado largo de universidades y carreras, solo dejar el menu superior operando; no me molesta, pero fue solo para aportar algo al diseño:p
Una de las mejores ideas es la de la Central de Apuntes, así nos podemos ayudar entre colegas, o no necesariamente entre nosotros, sino ser solidarios y ayudar a quien necesite…
Tanto que escribi, para decir tan poco :smiley:

[QUOTE=Thâi]Lo de los apuntes, lo apoyo… aunque Mononita podría aclararnos bien ese punto del derecho de autor para saber qué se podría subir y qué no…[/QUOTE]

Tengo entendido, que mientras sea con fines educativos, todo material puede divulgarse. Que criquelme me corrija si me equivoco, él es el experto.

[QUOTE=Faculty]ese reglamento existe, el de XEM es basado en el de Faculty![/QUOTE]
y dónde están los derechos de autor? hahahahaha

[QUOTE=Criquelme]y dónde están los derechos de autor? hahahahaha[/QUOTE]
Los derechos de autor no existen :smiley:

El artículo 38 de la Ley 17.336 de propiedad intelectual establece que “es lícito, sin remunerar u obtener autorización del autor, reproducir en obras de caracter cultural, cientifico o didáctico, [size=12]$2[/size] de obras ajenas protegidas, siempre que se mencione su fuente, título y autor”

es lo que conocemos como citas, cuando leemos un artículo. es el más claro ejemplo.

luego, el artículo 41 dice "las lecciones dictadas en universidades, colegios y escuelas, podrán ser anotadas o recogidas en cualquier forma por aquellos a quienes van dirigidas; pero [size=12]$2[/size][/size]

Los autores siguen siendo quienes, los academicos o los que transcriben los apuntes?
No olvidemos que cuando nosotros tomamos apuntes, estamos haciendo un despliege de energía, que al materializar el conocimiento ajeno, nos está haciendo dueños de aquello que está siendo materializado en el documento.
Por otra parte, es dificil que se logre acreditar que lo escrito es copia fiel de los dichos del académico al cual se le han tomado apuntes, y que por lo demás, dichos escritos no hayan sido mejorados con otras fuentes, o con conocimientos propios del transcriptor.
O no?

[QUOTE=Criquelme][size=10]$2[/size] por aquellos a quienes van dirigidas; pero [/size] [size=12]$2[/size][size=10]$2[/size][/size][/QUOTE]

eso incluye todo el esfuezo, pasión y dedicación que le puedas poner. en el caso que tu dices, sólo seríamos dueños del soporte, no del contenido… pasa lo mismo cuando compras un cd de música. el dueño de la música es quien detenta el derecho de autor, tú sólo eres dueñ@ del soporte.
aún cuando hayamos agregado información a lo ya transcrito, sigue habiendo info que pertenece a otra persona.

Ya ok, el texto de la ley es bien claro al respecto, pero tengo varios profesores que tienen en textos inscritos en el registro de Propiedad Intelectual, las cátedras que dictan. He ahí mi duda, porque de ser así, es esa la única forma de proteger el derecho intelectual? De otra forma estaríamos conformando una normativa terriblemente amplia, y a la hora de la prueba, dificil no?
Me explica? :slight_smile:

el registro no protege el derecho a la propiedad intelectual, sino que organiza, sistematiza y hace más fácilel panorama sobre la propiedad intelectual. recuerda que despues de 70 años pasa al dominio público todo registro desde su inscripcion.

de hecho, la facilidad para violar el derecho de autor es la amplitud de la ciencia y arte humana. una persona consciente de violar el derecho de autor dificilmente inscribirá una obra fruto de un robo intelectual. naturalmente han habido muchos casos así y las respuestas de los tribunales es bien clara.
además, la prueba no es dificil. tratandose de textos basta tener ambos y el registro de inscripción.

Entonces el Registro en este caso tiene finalidad de publicidad solamente?
Porque en cuanto se refiere a propiedad industrial, solo tanto en cuanto esté inscrito tiene protección legal.

la protección legal viene del derecho de autor, que por el solo hecho de crear la obra, adquiere el autor.

el registro tiene finalidad de publicidad.<

Ok, pero en estos casos particulares donde se eleva a internet documentos que ya nadie sabe de quien son, porque se pasan de manos en manos, corregidos y actualizados año a año, qué sucede?